El Tribunal Superior valenciano rechaza la petición de Camps de incorporar nuevas escuchas

  • Valencia.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del president de la Generalitat que pedía incorporar a la causa de los trajes del caso "Gürtel" una conversación grabada que, considera, beneficia a Francisco Camps.

El Fiscal Anticorrupción pide 41.250 euros de multa a Camps por delito de cohecho
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Valencia.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del president de la Generalitat que pedía incorporar a la causa de los trajes del caso "Gürtel" una conversación grabada que, considera, beneficia a Francisco Camps.

En un auto fechado hoy, la Sala de lo Civil y Penal del tribunal valenciano confirma íntegramente el auto de 17 de noviembre de 2010 dictado por el magistrado instructor de la rama valenciana de "Gürtel", José Flors, recurrido por la representación procesal de Camps.

La resolución judicial llega después de que esta misma semana reuniera la Sala para analizar la petición de incluir en la causa una conversación grabada en prisión entre uno de los cabecillas de la trama "Gürtel", Pablo Crespo, y su abogado.

La defensa mantiene que en esas conversaciones Crespo asegura que Camps, imputado en esta causa por el delito de cohecho pasivo impropio, pagó de su bolsillo los trajes adquiridos en la tienda de la firma Forever Young en Madrid que, según la investigación policial, abonó la trama corrupta.

La resolución hecha publica hoy es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

La acusación se opone al recurso de Camps por entender que estas comunicaciones ya fueron rechazadas en su día en la instrucción de la rama madrileña del caso "Gürtel".

El magistrado Flors dio audiencia a las partes para que presentaran alegaciones sobre la validez de la intervención judicial de determinadas "comunicaciones" mantenidas en el locutorio penitenciario entre varios abogados e imputados en el procedimiento, según recoge la resolución del TSJCV.

La defensa de Camps instó entonces a Flors a que solicitara a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid "las resoluciones dictadas en relación con estas comunicaciones", y que remitiera, si la tenía, la pieza separada sobre la intervención de comunicaciones entre abogados e imputados en el locutorio.

Flors, por contra, decidió excluir del procedimiento las transcripciones de estas conversaciones, una decisión que recurrió la representación procesal del jefe del Ejecutivo valenciano.

Según la Sala de lo Civil y Penal del tribunal valenciano, existen dos procedimientos abiertos, a los que denomina "Madrid y Valencia", y cada uno de ellos "ha tenido su propio desarrollo autónomo, tienen diferentes objetos y distintos imputados".

En su rechazo a la petición de la defensa del president de la Generalitat, la Sala argumenta, que el procedimiento de Valencia tiene "un objeto limitado y unos concretos imputados" y que "ninguno de ellos participó en las conversaciones intervenidas".

Niega también que se pueda considerar válida en el procedimiento de Valencia la parte de una conversación cuya intervención "ha sido considerada contraria a derecho" en el procedimiento de Madrid.

"La negación del valor probatorio del resultado de aquellas intervenciones entre abogados e imputados no supondría lesionar el derecho de defensa de Camps, mientras que la admisión de ese valor probatorio causaría perjuicio a otros imputados en el procedimiento de Madrid", aclara el tribunal.

Así, el TSJCV resuelve que "no todo vale para lograr la pretendida verdad" y sostiene que existen principios que "comportan un mayor valor para la tutela de los derechos fundamentales de la persona, derechos que violarían las escuchas cuya admisión se pide como prueba".

Además, asegura que la conversación que la defensa de Camps ha solicitado incorporar puede además acreditarse por "otros actos de investigación en este momento de la instrucción" y podría "probarse en el juicio oral" o por "otras fuentes de prueba".

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