El TS anula acuerdo del Gobierno que obligó a la ONCE a devolver 31 millones

  • La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado un acuerdo del Consejo de Ministros que obligaba a la ONCE a la devolución de 31 millones de euros que había recibido en concepto de asignación financiera.

Madrid, 9 abr.- La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado un acuerdo del Consejo de Ministros que obligaba a la ONCE a la devolución de 31 millones de euros que había recibido en concepto de asignación financiera.

De esta forma, el tribunal ha admitido el recurso de la ONCE y ha ordenado a la Administración que reformule esta liquidación aceptando que el saldo de botes de premios acumulados y aún no pagados computen como gastos, según fuentes jurídicas.

Dos de los cinco magistrados que componían la sala han formulado un voto particular a la sentencia por estimar que el recurso de la ONCE debía ser desestimado.

El Gobierno y la ONCE firmaron un acuerdo vigente entre los años 2004-2012 para cubrir parte de las pérdidas que podía tener la ONCE por la salida de euromillones y garantizar la inversión social de la organización.

El 21 de diciembre de 2012 el Consejo de Ministros dio luz verde a un acuerdo por el que aprobaba las asignaciones financieras a la ONCE correspondiente al ejercicio 2011 respecto al resultado de explotación correspondiente al 2010 y al exceso de gasto en servicios sociales del ejercicio 2009 no compensado en 2010, lo que suponía que la ONCE debía reintegrar 31.023.100 euros a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado.

En el recurso contra esta decisión, la ONCE pidió al Supremo la suspensión de la decisión gubernamental, ya que alegó que la inmediata ejecución del acuerdo impugnado le ocasionaría un perjuicio de muy difícil reparación pues no podría disponer de la liquidez necesaria para el abono de los premios "que pudieran recaer en adelante", obligándole, además, "a endeudarse al menos por importe del doble de esa cantidad".

La ONCE alegó también que la suspensión del acuerdo no ocasionaría perjuicios al interés general sino al contrario, "se aseguraría el correcto funcionamiento de la ONCE, que carece de ánimo de lucro y desarrolla actividades de carácter social a favor de personas discapacitadas que son de interés público".

En mayo de 2013 el Supremo suspendió de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros, pero obligó a la ONCE a prestar una fianza por la misma cantidad para asegurar el futuro pago de ese dinero en caso de no prosperar el recurso que ha interpuesto.

En la sentencia hecha pública hoy, según fuentes jurídicas, el Tribunal Supremo ha ordenado a la Administración que efectúe una nueva liquidación que considere como partida negativa dentro de la liquidación de 2011 el saldo de botes comprometido por la organización recurrente para futuros sorteos, y por tanto pendientes de pago.

Asimismo, deberá computar el derecho de la ONCE a que se le reconozca la asignación adicional por el exceso de gastos sociales en que hubiera incurrido en 2010.

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