El TS condena por conspiración para el secuestro al etarra que vigiló al concejal de Eibar Benjamín Atutxa

  • Acoge la petición del Fiscal contra la absolución de Arkaitz Goikoetxea, que ya fue penado con 22 años por otros delitos MADRID, 13 (MADRID) El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvía al etarra Arkaitz Goikoetxea del intento de secuestro del concejal del PSE en Eibar (Vizcaya) Benjamín Atutxa y le ha condenado con una pena de 3 años, un mes y 15 días de cárcel por estos hechos. El miembro de ETA confesó en su día a Garzón que "Txeroki" le había ordenado "secuestrar y ejecutar" al edil socialista.
El TS condena por conspiración para el secuestro al etarra que vigiló al concejal de Eibar Benjamín Atutxa
El TS condena por conspiración para el secuestro al etarra que vigiló al concejal de Eibar Benjamín Atutxa

Acoge la petición del Fiscal contra la absolución de Arkaitz Goikoetxea, que ya fue penado con 22 años por otros delitos

MADRID, 13 (MADRID)

El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvía al etarra Arkaitz Goikoetxea del intento de secuestro del concejal del PSE en Eibar (Vizcaya) Benjamín Atutxa y le ha condenado con una pena de 3 años, un mes y 15 días de cárcel por estos hechos. El miembro de ETA confesó en su día a Garzón que "Txeroki" le había ordenado "secuestrar y ejecutar" al edil socialista.

En una sentencia dada a conocer este viernes, la Sala de lo Penal del Supremo estima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y considera a Goikoetxea culpable de una conspiración para la comisión de un delito terrorista de detención ilegal.

El alto tribunal confirma además el resto de condenas dictadas en su día por la Audiencia, con lo que Goikoetxea suma estos 3 años a los 22 que ya le impuso la Audiencia por pertenencia a ETA, falsificación y tenencia de explosivos y armas. También confirma las penas impuestas en su día a otros miembros del "comando" como Aitor Cotano, Iñigo Gutiérrez, Maialen Zuazo y Ana Isabel Prieto.

La Audiencia Nacional absolvió hace un año al dirigente del 'comando Vizcaya' de ETA del intento de secuestro y ejecución del concejal socialista al entender que, aunque inició esta acción y realizó vigilancias para llevarla a cabo, finalmente abandonó su propósito.

La resolución notificada este viernes, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, señala que el hecho probado no da pie ha afirmar que Goikoetxea diera comienzo a la ejecución de sendos delitos de detención ilegal y asesinato por el hecho de hacerse con tranquilizantes y verificar las rutinas del edil.NO PUEDE SER IMPUNE

Sin embargo, "cuestión distinta es que esa resolución delictiva, en la medida en que fue compartida por los miembros de ETA, que adoptaron la decisión de acabar con la vida de Benjamín, después de privarle de su libertad, haya de ser impune", señala. Los hechos integran "al menos", según la sentencia, un delito de conspiración para la detención ilegal.

En un video proyectado durante el juicio se podía ver al etarra confesando al entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que el exjefe militar Garikoitz Aspiazu Rubina, alias 'Txeroki', le ordenó "secuestrar y ejecutar" al concejal socialista.

La resolución de la Audiencia Nacional, de la que fue ponente la magistrada Manuela Fernández de Prado, justificó la absolución por el secuestro y asesinato del edil del PSE argumentando que, aunque los miembros del 'comando' se hicieron con tranquilizantes para sedar a su víctima y pensaron en "preparar un agujero" en un monte de Pazuengos (La Rioja), finalmente no constaba "que llegaran a construir el zulo" al constatar que en esa época el concejal "iba siempre con escoltas".

Durante la vista celebrada el pasado 6 de marzo en el Supremo para la revisión de la sentencia, el representante de la Fiscalía solicitó la condena por conspiración y recordó el caso de otros concejales que fueron asesinados por la banda terrorista, entre ellos, a los 'populares' Miguel Ángel Blanco y José Ignacio Iruretagoyena.

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