El TS sugiere que Manos Limpias solo pensaba en cobrar al acusar a la Infanta

  • El sindicato, investigado por extorsión en el caso Ausbanc, ya no pedía la condena de Cristina, pero reclamaba no pagar sus costas. No lo ha logrado.
El juez no acuerda medidas cautelares para la abogada López Negrete, en contra del criterio del fiscal
El juez no acuerda medidas cautelares para la abogada López Negrete, en contra del criterio del fiscal
EUROPA PRESS

El sindicato Manos Limpias fue uno de los principales actores del caso Nóos. Su representante en la instrucción y el juicio, la abogada Virginia López Negrete, llegó a obtener notable repercusión al ser la única que reclamó la condena a ocho años de cárcel de la infanta Cristina como cooperadora necesaria de los dos delitos fiscales por los que fue condenado su marido, Iñaki Urdangarin. Dos años largos después de que comenzara la vista en la Audiencia de Palma, esa organización se encuentra devastada por el caso Ausbanc, en el que que aparece como un grupo que solo ejercía la acusación popular en casos de corrupción para coaccionar a bancos y empresas y obligarles a pagar grandes sumas a cambio del fin del acoso y el archivo de las causas.

Entre los imputados en ese caso -que ha instruido el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz-, además del expresidente de Ausbanc, Luis Pineda, y el ex secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernad, también se cuenta la propia Negrete. Ante el descrédito general, la organización decidió abandonar sus cargos contra la hermana de Rey. La investigación de Pedraz ha concluido que tanto Ausbanc como Manos Limpias pretendieron extorsionar a la Fundación La Caixa y al banco Sabadell a cambio de retirar su acusación contra Cristina de Borbón, pero sus víctimas lo denunciaron. En el recurso al Supremo contra la sentencia del caso Nóos, el colectivo solo reclamaba que se le levantara la condena a pagar las costas procesales a la hija de Juan Carlos I que le impuso la Audiencia de Palma.

"Escenarios extraprocesales"

Pero la Sala de lo  Penal del Supremo ha rechazado su petición en términos muy duros. El alto tribunal defiende la actuación de la Audiencia de Palma y se refiere, aunque de forma subrepticia, a la investigación de Pedraz. En primer lugar, sugiere que la grave acusación contra Cristina de Borbón estaba motivada "por consideraciones ligadas más bien a escenarios extraprocesales". "Se hace difícil pensar que un profesional del derecho considere que un delito contra la hacienda pública del que no se es autor, sino cooperador necesario" y por una cuantía que supera por poco el límite de 120.000 euros que separa el delito fiscal del mero fraude administrativo, "merezca ese máximo punitivo", es decir, los ocho años que reclamaba Negrete. La Sala Segunda recuerda, además, que la cantidad adeudada había sido íntegramente consignada por la Infanta a lo largo del proceso, algo que tampoco fue tenido en cuenta por el sindicato.

"No es fácil asumir que la acusación popular [es decir, Manos Limpias] estaba convencida de la intrínseca justicia de esa petición máxima de pena (...) y, menos aún, que hacía esa petición porque confiaba en convencer al tribunal de lo ajustado de la misma", mantiene la Sala en su resolución. "Da la impresión de que la mirada y la cabeza de esta parte no estaban solo en el proceso, sino en otros lugares, fuera de la sala de justicia; que lo que parecía importarle prioritariamente no era tanto ayudar a formar el criterio del tribunal, como cuestiones de índole no estrictamente procesal", añade el tribunal en otra referencia velada al caso Ausbanc.

"La estampida de la abogada"

El colectivo aseguraba en su recurso que, pese a no haber logrado la condena penal de la Infanta como cooperadora de los delitos de su marido, esta sí fue sentenciada como responsable civil a título lucrativo, es decir, como beneficiaria de sus ilegalidades, por lo que la intervención del sindicato sí fue relevante.

Sin embargo, la Sala recuerda que la acusación popular -que actúa en representación de la sociedad en general-, al no jugar el rol de perjudicado por los delitos, solo puede reclamar una condena penal, pero no una civil, por lo que de haber sido la única solicitar esta última, la condena civil a Cristina de Borbón no se hubiera producido. La hubo porque también la había reclamado la Fiscalía, que sí está legitimada.

En su escrito, los nuevos letrados de la organización que dirigía Bernad, José María Bueno Manzanares y Miriam Orgiles, se disculpaban ante los magistrados por no poder exponer razones de mayor peso por "la estampida de la abogada", es decir, la salida del caso de López Negrete, la que lo llevó desde el inicio. La sentencia refleja la "perplejidad" de la Sala ante semejante argumento y recuerda que no tiene ninguna "relevancia procesal". "Esos desajustes o desavenencias entre la dirección letrada y la parte material", es decir, entre Negrete y Manos Limpias, "no pueden redundar en perjuicio" para la Infanta, "como excusa de la anorexia argumentativa".

   

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