El TSJCV anula la adjudicación del suministro potable a Aguas de Valencia

  • El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la adjudicación del suministro de agua potable del área metropolitana de Valencia a la empresa Aguas de Valencia, que fue elegida como socio privado para la sociedad mixta encargada de este servicio.

Valencia, 1 jun.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la adjudicación del suministro de agua potable del área metropolitana de Valencia a la empresa Aguas de Valencia, que fue elegida como socio privado para la sociedad mixta encargada de este servicio.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, estima un recurso presentado por Aguas de Barcelona contra el acuerdo de la asamblea de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi) celebrada el 31 de julio de 2008, que ahora queda anulado por ser contrario a derecho.

Según la resolución, el proceso de adjudicación se hizo mediante un informe externo encargado a la firma "Secuenzia Pixels" y otro suscrito por un técnico de Emshi, presidida entonces por Enrique Crespo, expresidente de Emarsa e imputado en el caso que investiga la supuesta estafa y malversación de fondos públicos en la empresa que gestionaba la depuradora de Pinedo.

Tal y como denunció Aguas de Barcelona, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV entiende que la empresa que realizó la valoración externa -a la que se pagaron 18.000 euros- carece de la "habilitación profesional necesaria" para hacerlo.

Su objeto social, según apunta, es el "desarrollo, venta o alquiler de aplicaciones informáticas", entre otras actividades relacionadas con las telecomunicaciones, algo que "para nada" confluye con el suministro de agua.

Además, la recurrente alertó de la sospechosa coincidencia entre los resultados de este informe y las conclusiones del estudio realizado por el técnico de la Emshi, que según ha comprobado el Tribunal "son prácticamente idénticos".

El técnico, subraya la sentencia, "se ha limitado a transcribir y hacer suyas las descripciones, conclusiones y juicios de valor, que sólo cuatro días antes había realizado una empresa que carece de la más mínima solvencia profesional o técnica en el ámbito del suministro de agua".

Por estos motivos, el TSJCV estima el recurso presentado por la Sociedad General de Aguas de Barcelona y anula el acuerdo de la asamblea de la Emshi, que fue adoptado bajo la presidencia de Crespo, exalcalde de Manises y exvicepresidente de la Diputación de Valencia.

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