El TSJCV rechaza un recurso de Camps para modificar el auto que fija la vista

  • El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado un recurso presentado por el expresident de la Generalitat Francisco Camps para que se modificaran algunos aspectos del auto que fija la fecha de su juicio como supuesto autor de un delito de cohecho impropio por recibir regalos de la trama Gürtel.

Valencia, 8 nov.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado un recurso presentado por el expresident de la Generalitat Francisco Camps para que se modificaran algunos aspectos del auto que fija la fecha de su juicio como supuesto autor de un delito de cohecho impropio por recibir regalos de la trama Gürtel.

Camps solicitó que se excluyera del relato de los hechos justiciables la expresión "a sabiendas de quién asumiría el pago del importe" de las prendas, y pidió que tampoco se incluyera que éstas "fueron entregadas en Valencia, bien en sus domicilios, bien en la sede de Orange Market o en el domicilio de Álvaro Pérez".

En un auto hecho público hoy, el magistrado presidente del jurado, Juan Climent, considera "improcedente" excluir estas expresiones del auto, que fijó la vista ante el jurado popular para el próximo 12 de diciembre.

El magistrado desestima suprimir del relato de los hechos las expresiones mencionadas al considerar que esta petición se ha planteado de forma "extemporánea", y que las afirmaciones están recogidas en los escritos de acusación.

Climent recuerda que la frase "a sabiendas de quién asumiría el pago del importe" está contenida en el auto de apertura del juicio oral y en los escritos de acusación, y que su supresión no fue solicitada por ninguna de las partes en la vista de cuestiones previas, el "momento procesal oportuno para ello", según el juez.

Respecto al fragmento en el que se especifica que los regalos fueron entregados en los domicilios de los acusados, en la sede de Orange Market o en la vivienda de su director, Álvaro Pérez, el presidente del jurado reitera que el lugar de entrega y recepción de las prendas fue determinado en las cuestiones previas, el pasado 7 de octubre.

Esta expresión, distinta a la que aparecía en el auto de apertura del juicio oral, responde a lo planteado por el Ministerio Fiscal y se incluye en los hechos enjuiciables "para mayor claridad", por lo que Climent considera "del todo punto improcedente" eliminarla del relato de los hechos.

En su recurso, el abogado de Camps también solicitaba que se incluyera en el auto que el procesado mantenía una relación con Álvaro Pérez, "El Bigotes", "exclusivamente derivada de su intervención en los eventos" del Partido Popular de la Comunitat Valenciana, en calidad de presidente de dicho partido y "desde un año antes a su nombramiento como president de la Generalitat".

El magistrado rechaza ampliar el auto con estos hechos porque "no han sufrido variación" desde la apertura de juicio oral y dado que no se plantearon, al igual que en los casos anteriores, como cuestión previa.

Climent añade que incluir estas afirmaciones supondría "la negación de lo planteado por la acusación", ya que ésta sostiene que si Camps recibió regalos fue por su condición de president de la Generalitat.

La defensa de Camps presentó estas alegaciones a través de un recurso de reforma, un tipo de recurso que Climent estima "improcedente" porque solo puede interponerse contra las decisiones de un juez de Instrucción.

Por ello, Climent decide "inadmitir" tanto este recurso de reforma como el recurso de apelación subsidiario, que se hubiera planteado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV si el primero hubiera sido admitido.

Con todo, acepta finalmente tramitar el escrito de Camps como un "recurso de súplica", que ha sido rechazado y contra el que "no cabe ningún recurso", aclara.

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