El TSJPV califica de "represalia empresarial" el ERE de Laminaciones Arregui

  • El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha calificado de "represalia empresarial" el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción presentado por la dirección de Celsa Atlantic (antigua Laminaciones Arregui) para la totalidad de su plantilla en Álava, que asciende a 358 trabajadores.

Vitoria, 9 oct.- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha calificado de "represalia empresarial" el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción presentado por la dirección de Celsa Atlantic (antigua Laminaciones Arregui) para la totalidad de su plantilla en Álava, que asciende a 358 trabajadores.

Así lo ha considerado la Sala de lo Social del alto tribunal vasco en una sentencia hecha pública hoy en la que considera nulo este despido colectivo, impugnado por el comité intercentros y el sindicato ELA, al estimar que vulnera "los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical".

El tribunal también indica que ambas partes tienen ahora un plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, que tiene fecha de hoy, para presentar recurso de casación ante la misma Sala.

La sentencia considera probado que el ERE de extinción presentado por la dirección de esta empresa el pasado 9 de mayo y que afecta a sus dos plantas en Álava, una en Vitoria y otra en Urbina, constituye "un respuesta o represalia empresarial" por la huelga general iniciada el día anterior por los trabajadores.

El tribunal no ve justificada la argumentación de la empresa de que el despido colectivo se basa en "causas de naturaleza económica" y aunque considera que la compañía tiene "una situación económica complicada", "en modo alguno se prueba que esta situación sea suficiente para poder adoptar la medida extintiva de la intensidad de la adoptada".

Además, la Sala de lo Social recuerda que la empresa presentó con anterioridad al ERE de extinción, otro que afectaba a 91 trabajadores, y que en el tiempo entre ambos expedientes la empresa no sufrió modificaciones en su "situación económica-financiera".

El tribunal analiza también el hecho de que hasta que tuvo lugar el juicio oral por este proceso, celebrado el pasado 18 de septiembre en Bilbao, la empresa despidió a un total de 178 trabajadores, de los cuales, 97 han sido empleados afiliados a ELA.

En este sentido, la Sala estima que existe una "conexión directa entre el modo en que la empresa está haciendo efectivas las extinciones de contratos y la afiliación sindical a una determinada central sindical particularmente, como es ELA".

"Las cifras son relevantes, puesto que más de la mitad de los despedidos son personas afiliadas a este sindicato, exactamente un 54,49 %", afirma el tribunal.

La sentencia dice asimismo que "sorprende que la drástica medida adoptada del cierre de dos empresas" se haya adoptado en relación con las plantas ubicadas en Álava, "sin que conste medida alguna" en los centros que este grupo tiene en Laracha (A Coruña) y Orense, a pesar de que la situación económica es "complicada" para toda la empresa.

"Esta reflexión final, -resume la Sala- no hace sino reforzar el convencimiento" de que el ERE de extinción "constituye una vulneración" de los derechos de huelga y libertad sindical y una "directa respuesta" a la decisión colectiva de secundar una huelga indefinida".

El comité de Celsa Atlantic (antigua Laminaciones Arregui), en una rueda de prensa, se ha felicitado hoy por la sentencia que considera nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción en la empresa y ha ofrecido a la dirección una "solución dialogada" al conflicto laboral.

En la comparecencia ante los medios, el presidente del comité, Nando Anguiano (ELA), ha recalcado que la sentencia demuestra que la "lucha" de la plantilla era "legítima" y valorado que el fallo es "importante para el conjunto de la clase trabajadora".

Celsa Atlantic se dedica a la fabricación y comercialización de fleje laminado en caliente y de tubo de acero conformado en frío y caliente.

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