Podrían valer más de 2.000 millones de dólares

Embargan dos filiales de Petronas por el litigio sobre Malasia y el sultán de Joló

Un juzgado de Luxemburgo bloquea dos empresas de la compañía petrolera malaya en ejecución del laudo arbitral que reconoce el pago de 14.920 millones de dólares a los descendientes del antiguo mandatario.

A veces necesitamos cambiar la perspectiva para sentir la fuerza de la estructura más fuerte de lo que pensamos. Las Torres Petronas, también conocidas como Torres Gemelas Petronas, son rascacielos gemelos en Kuala Lumpur.
 Las Torres Petronas, en Kuala Lumpur.
Tomasz Kowalski / Drone Awards

La disputa entre Malasia y los herederos de Joló continúa. Un juzgado de Luxemburgo ordenó este lunes, 11 de julio, el embargo de dos filiales de Petronas, compañía estatal malaya, en ejecución del laudo arbitral dirimido en París (Francia) que reconoció el derecho de los descendientes del antiguo mandatario a ser indemnizados con 14.920 millones de dólares -unos 13.315 millones de euros al cambio en el momento de la resolución del litigio- por el incumplimiento de un contrato de arrendamiento de recursos naturales, que se firmó en 1878. En concreto, se trata de Petronas Azerbaijan (Shah Deniz) y Petronas South Caucasus, que administran los intereses de gas de la compañía petrolera en Azerbaiyán y que podrían tener un valor superior a los 2.000 millones de dólares.

El embargo ha tenido lugar a petición de los ocho herederos de Muhammad Jamal Al Alam, sultán de Joló, después de que el árbitro español Gonzalo Stampa fallara a favor de esta familia, según indican fuentes jurídicas cercanas al litigio a La Información. En este contexto, los familiares del exdirigente asiático iniciaron un proceso de reconocimiento del laudo dictado en la capital francesa, que ha tenido su primer fruto en Luxemburgo. Así, en virtud de Convención de Nueva York de 1958, de reconocimiento y ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras, en el que se encuentra adscrito el mencionado país, ha permitido que un juzgado haya acordado el bloqueo de las dos sociedades pertenecientes a la importante firma de Malasia.

El Estado de Malasia ha rechazado en todo momento la legalidad de este laudo y asegura que "viola su inmunidad soberana". Por un lado, destaca que los demandantes -que inicialmente reclamaban 32.000 millones de dólares- no han acreditado su condición de descendientes. Por otro lado, recalcan que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid -donde se inició el litigio al entender que el territorio afectado era suelo español cuando se firmó el contrato- anuló la designación de Gonzalo Stampa como encargado de resolver el laudo, bajo el argumento de que Malasia sufrió indefensión al no notificarse correctamente el procedimiento. 

Sin embargo, Stampa, que comenzó a resolver lo que sería el mayor arbitraje en España, no paralizó el proceso, sino que lo trasladó el litigio a Francia y continuó adelante. En esta línea, las fuentes jurídicas consultadas destacan que si las autoridades del país del sudeste asiático ignoran el fallo que se dio a conocer hace cinco meses, la deuda con los descendientes del sultán irá en aumento, ya que el laudo determina que por cada año no pagado, la responsabilidad pendiente se incrementará en un 10%.

Perlas, nidos de pájaros y maderas

Hay que remontarse 144 años atrás para conocer el origen de la disputa. El sultán de Joló -territorio insular entre Filipinas y Malasia-, firmó con el barón de Overbeck, cónsul del imperio austrohúngaro en Hong-Kong, y posteriormente con Alfred Dent, fundador de la British North Borneo Company, un acuerdo para el arrendamiento en perpetuidad de la explotación de recursos naturales -perlas, nidos de pájaros y maderas- de ciertos territorios del norte de la isla de Borneo e islas adyacentes, por el precio de 5.000 pesos filipinos. Dicho pacto ya incluía una cláusula de arbitraje, si bien no identificaba la sede para resolver la cuestión ni la ley aplicable.

Durante décadas, los arrendatarios pagaron anualmente el precio del contrato conforme a lo pactado -que en 1903 se elevó hasta los 5.300 pesos-  hasta que la empresa de Dent quebró en 1946, por lo que la Corona británica se convirtió en la arrendataria. Ya en 1963, Malasia comenzó a hacerse cargo de las cantidades debidas tras adquirir su independencia. Pero el descubrimiento de nuevos recursos naturales como el petróleo y el gas en las décadas de los 80 y los 90, provocó el cisma, ya que los herederos del sultán intentaron renegociar el contrato, algo que nunca se llegó a cerrar. De hecho, Malasia dejó de pagar el contrato en 2013, alegando que el territorio del sultanato -ahora extinto- les corresponde legítimamente desde 1957.

Por todo ello, los descendientes del sultán de Joló comenzaron a buscar asesoramiento para recuperar la cuantía que consideran impagada, lo que cifraron en 32.000 millones de dólares (28.000 millones de euros) correspondientes a las cuotas que Malasia dejó de pagar más las cantidades que creen que se debieron de abonar sobre los recursos naturales hallados hace unos 40 años. Finalmente, el árbitro Stampa dio la razón a la familia de origen filipino, al entender que el contrato en cuestión es de arrendamiento privado internacional, de naturaleza comercial, y lo declaró resuelto con efectos desde 1 de enero de 2013 hasta 2044. Así estableció que la indemnización debía ser de casi 15.000 millones de dólares, una cifra muy inferior a la reclamada.

Procedimientos paralelos

Por su parte, Malasia insiste en que el contrato de 1878 no puede someterse a un arbitraje comercial porque afectaría de forma directa a la soberanía de su país sobre una región que es parte de su integridad territorial y que no tiene ninguna conexión con España, ya que, según defiende, "nunca tuvo presencia ni soberanía efectiva en ningún punto de la isla de Borneo". En este sentido, ha abierto todas las vías posibles para frenar los efectos del laudo. Entre ellas, ha impugnado el reconocimiento del laudo de jurisdicción en Francia ante la Corte de Apelación de París, que aún sigue pendiente de resolución, si bien no ha impedido continuar con el procedimiento. Asimismo, ha instado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que condene en costas a los ocho descendientes por su actuación "extemporánea", después de que estos rechazaran nombrar un nuevo árbitro en España, tras la anulación de la designación de Stampa.

De forma paralela, un juzgado de instrucción de Madrid mantiene un procedimiento abierto contra el árbitro español a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía de Madrid, en la que le atribuye presuntos delitos de desobediencia grave e intrusismo al desoír el cese de su función por parte del tribunal superior. Asimismo, los herederos han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de los magistrados madrileños de anular el nombramiento de Stampa. La admisión de este recurso aún está pendiente.

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