Estrasburgo condena a Italia por expulsión colectiva de inmigrantes a Libia

  • La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a Italia por violar varios artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos al haber expulsado a Libia a unos 200 inmigrantes somalíes y eritreos, interceptados en mayo de 2009 a 35 millas al sur de Lampedusa.

Estrasburgo (Francia), 23 feb.- La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a Italia por violar varios artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos al haber expulsado a Libia a unos 200 inmigrantes somalíes y eritreos, interceptados en mayo de 2009 a 35 millas al sur de Lampedusa.

Los 17 jueces de la Gran Sala acordaron unánimemente que Italia indemnice a los 22 inmigrantes que presentaron la demanda ante el Tribunal (de los 24 demandantes, dos han fallecido) 15.000 euros por daños morales a cada uno de los demandantes y una cantidad global de 1.575,74 por las costas.

En este caso, presentado contra el Estado italiano por Hirsi Jamaa y otros inmigrantes afectados, la indemnización solicitada por los demandantes coincide con la cantidad que acuerda la sentencia.

La sentencia concluye que Italia violó el artículo 3 (Prohibición de la tortura) en dos ocasiones por la posibilidad de los demandantes de sufrir malos tratos, primero en Libia y después en Somalia o Eritrea.

La Gran Sala también falló contra Italia por las violaciones de los artículos 4 del Protocolo nº 4 (Prohibición de las expulsiones colectivas de extranjeros) y 13 (Derecho a un recurso efectivo) del citado Convenio.

Los 22 demandantes que han sobrevivido están en diferente situación: la mayoría dispone de estatuto de refugiado y residen en Bénin, Malta, Suiza e Italia, cuatro residen en Libia, dos están en paradero desconocido y uno en el campo de retención de Choucha, en Túnez.

La sentencia afirma que Italia "no supo librarse de su propia responsabilidad invocando sus obligaciones por sus acuerdos bilaterales con Libia, para la devolución de inmigrantes que hubieran partido desde territorio libio.

Y recuerda además que la situación en Libia se degradó en abril de 2010 con el cierre de la oficina en Tripoli del Alto Comisariado de la ONU para los Refugiados y después con la revuelta popular en febrero de 2011 que puso fin al régimen de Gadafi.

La Gran Sala afirma que las autoridades italianas "sabían o debían saber" que no existían garantías suficientes para proteger a los demandantes del "riesgo de reenvío arbitrario" a sus países de origen", Somalia y Eritrea.

Se trata de la segunda sentencia de violación contra un estado parte del Convenio citado, después de que en febrero de 2002 se concluyera la violación en el caso Conka c. Bélgica, sobre la expulsión desde Bruselas de unos 70 gitanos eslovacos en 1999.

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