Estudian rebajar de 15 a 12 años la pena máxima por violación y suprimir el abuso

  • La sección de Derecho Penal de la Comisión General de Codificación trabaja para que solo se pueda distinguir entre agresión y violación.
manifestación contra la sentencia de la 'manada'
manifestación contra la sentencia de la 'manada'
EUROPA PRESS - Archivo

Los expertos de la sección de Derecho Penal de la Comisión General de Codificación, a la que el Ministerio de Justicia encargó la revisión de los delitos sexuales en el Código Penal tras la polémica sentencia de La Manada, se han reunido este jueves con un tema de vital importancia sobre la mesa. Porque estudian rebajar la pena máxima por violación de 15 a 12 años.

Los integrantes de la citada comisión han elaborado dos borradores, a los que ha tenido acceso Europa Press. En ambos desaparece el concepto de abuso sexual y contempla que todos los delitos sexuales sean considerados "agresión" o "violación".  La supresión del término abuso es uno de los puntos en el que están "de acuerdo" todos los miembros de la Comisión de expertos, según indicaron a Europa Press fuentes cercanas a la sección Penal. Estas mismas fuentes han señalado los dos borradores son provisionales que están "sujetos a debate".

Uno de ellos es un modelo unitario que aglutina bajo un mismo apartado titulado 'De las violaciones y las agresiones sexuales' todos los delitos sexuales como agresión, o violación si hay penetración; mientras que el otro es un modelo dual que diferencia entre agresiones y violaciones con violencia o intimidación y agresiones y violaciones sin violencia e intimidación. Con los documentos sobre la mesa, los miembros de la citada Comisión deberán ponerse de acuerdo sobre otros conceptos de tipificación, agravantes o modificación de algunas conductas.

Actualmente, el Código Penal castiga con hasta 15 años de cárcel a los responsables de agresión sexual, entendiendo como tal, un atentado contra la libertad sexual de otra persona, "utilizando violencia o intimidación". Por su parte, el abuso sexual, entendido como un acto que atenta contra la libertad sexual "sin violencia o intimidación", es castigado con hasta 10 años de prisión

En la propuesta de los expertos no aumentan las penas e incluso desaparece la posibilidad de penar hasta con 15 años de prisión la violación cuando concurren determinadas circunstancias agravantes. Los textos propuestos se limitan a especificar que se aplicarán las penas en su mitad superior (siendo lo máximo "de 6 a 12" años) cuando se den estas circunstancias. 

En el modelo unitario, los expertos plantean tres artículos. El 178 establece penas de prisión de hasta tres años para quien "atentare contra la libertad sexual de otra persona, sin su consentimiento". Además, contempla unas penas mayores de hasta cinco años de cárcel en el caso de que se utilice "violencia o intimidación" en la agresión o si concurriera una "actuación conjunta de dos o más personas".

Mientras, el artículo 179 se ocupa de las violaciones, es decir, aquellas en las que hay "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías". En concreto, establece penas de prisión de cuatro a diez años cuando no concurre violencia, intimidación o actuación en grupo, y de seis a doce, cuando sí existiera alguna de ellas.

El artículo 180 enumera seis circunstancias en las que se aplicarán las penas en su mitad superior: violencia con carácter particularmente degradante o vejatorio; actuación conjunta de dos o más personas; vulnerabilidad de la víctima; relación de superioridad o parentesco; anulación de la voluntad de la víctima mediante fármacos o drogas.

Mostrar comentarios