Eta. Aprobada definitivamente la reforma legal que pretende cerrar todas las vías a batasuna


El Congreso de los Diputados aprobó este miércoles por 321 votos a favor, 14 en contra y nueve abstenciones la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y el Código Penal que prohíbe a partidos políticos, federaciones y coaliciones presentar candidaturas electorales que sean sucesoras de formaciones ilegalizadas y posibilita la exclusión por "incompatibilidad sobrevenida" de cargos electos que incurran en lo mismo.
La Cámara Baja dio así luz verde definitiva a la reforma legal que pretende cubrir las lagunas de la normativa vigente que podría aprovechar la izquierda abertzale para presentar algún tipo de candidatura, sola o con la ayuda de partidos como EA, a las próximas elecciones municipales del 22 de mayo en el País Vasco y Navarra.
Con el mismo recuento de votos (en contra se pronunciaron el PNV e IU-ICV-ERC), se aprobó la enmienda del Senado que extiende de uno a tres años el plazo de prescripción de los delitos por calumnias y la posibilidad de cerrar locales con personalidad jurídica que se demuestren vinculación con ETA.
En el debate parlamentario, el portavoz de Interior del PSOE, Antonio Hernando, garantizó que la ley va a ser muy eficaz, defendió la enmienda del Senado que permitirá el cierre de entidades como las herriko tabernas y dirigió un reproche al PP por estrategias parlamentarias que, a su juicio, no parecen muy leales con la unidad antiterroristas que proclama.
En nombre de los populares, que propusieron esta reforma, José Antonio Bermúdez de Castro defendió también el cierre de locales vinculados a ETA y el conjunto de la ley porque "la democracia no es más débil porque falten" sus portavoces políticos, sino más fuerte cuando se demuestra capaz de excluirlos.
Según proclamó, "la democracia no tiene ninguna deuda con la paz, y el alto el fuego de la banda fue "a cambio de un chantaje que no vamos a aceptar". El objetivo, dijo, "no es que deje de matar, sino que deje de existir", por lo que, "si hay armas, con tregua o sin ella, no hay urnas", y ETA, de quien dijo que sabe que está derrotada, "no será protagonista de su final".
Por parte del PNV, Aitor Esteban definió la reforma de la Loreg como "una vuelta de tuerca más a la ley de partidos", que a su juicio sustituye a la jurisdicción penal que debería aplicarse en temas terroristas y en cuya aplicación sospecha de intereses electorales. También lamentó que rompa con la jurisprudencia del TC por permitir que un cargo electo pueda ser desposeído del cargo sin haber cometido delitos él mismo.
Desde ERC, Joan Ridao criticó la disposición final introducida en el Senado que modifica el Código Penal para ampliar el plazo de imprescriptibilidad del delito de calumnias, porque lo hace "por la vía de atrás y con celeridad", y por aplicar a entidades políticas reglas creadas para el cese de actividades económicas. También reprochó al Gobierno su "falta de generosidad" ante los movimientos positivos del entorno radical.
Finalmente, la diputada de UPyD, Rosa Díez expresó su apoyo y satisfaccón por una ley que, a su juicio, protege a las instituciones y la democracia, y dijo que debe servir para decir "Va a ser que no" a la izquierda abertzale en su deseo de presentarse a las elecciones, dando un nuevo sentido a la expresión utilizada por la portavoz de los presos de ETA para desmentir el fin de la banda.
LA LEY
La proposición de ley se aprobó en primera lectura en el Congreso el 21 de diciembre de 2010 y de nuevo en el Senado el pasado día 19, con la citada enmienda. se justifica por "la experiencia acumulada" desde la Ley de Partidos de 2002 y el propósito de "evitar que formaciones políticas ilegales o quienes justifican o apoyan la violencia terrorista puedan utilizar nuevas vías para, fraudulentamente, concurrir a las elecciones".
Desde estas premisas, se amplía a los partidos, federaciones y coaliciones la prohibición ya vigente para las agrupaciones de electores de presentar candidaturas que de hecho sean sucesoras o continuadoras de la actividad de un partido ilegalizado además de las presentadas por agrupaciones de electores, actualmente previstas en la Ley.
En segundo lugar, se posibilita la impugnación de candidaturas durante la campaña electoral, ampliando el plazo de presentación del recurso hasta el cuadragésimo cuarto día posterior a la convocatoria de las elecciones) y el de su resolución por el Tribunal Constitucional hasta el último día de la campaña electoral).
Después de las elecciones, también se prevé la suspensión cautelar de la proclamación de electos pertenecientes a candidaturas presentadas por partidos, federaciones o coaliciones que sean objeto de un procedimiento de ilegalización o un incidente de ejecución de sentencia de ilegalización en los quince días siguientes.
Finalmente, esta reforma de la Loreg introduce la citada nueva causa de incompatibilidad sobrevenida para los electos de candidaturas que sean declaradas ilegales por sentencia judicial firme con posterioridad a su toma de posesión.
Para evitarla, los electos tendrían 15 días para rechazar "de modo expreso e indubitado" las causas que motivaron la ilegalización, pero volvería a aplicarse si en el ejercicio de su mandato contradijera su retractación con hechos, omisiones o manifestaciones.

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