Eta. Los autónomos víctimas del terrorismo pagarán menos a la seguridad social durante cinco años


Los empresarios autónomos que sean víctimas del terrorismo pagarán menos a la Seguridad Social durante cinco años, con el fin de ayudarles a desarrollar su actividad tras sufrir el zarpazo de la violencia.
El Ministerio del Interior informó hoy de que estos autónomos que han sufrido el terrorismo disfrutarán durante cinco años de una cotización reducida en el Régimen Especial del Trabajadores Autónomos. Esto se recogerá el Estatuto del Trabajador autónomo, cuyo informe ya fue presentado en el Consejo de Ministros.
Interior explicó que se trata de una iniciativa impulsada por este departamento y que se enmarca dentro de la gestión desarrollada por la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo de atención integral a las personas que han sufrido la violencia terrorista.
En este sentido, este ministerio indicó que el pasado 24 de abril se presentó al Consejo de Ministros el informe sobre el anteproyecto de ley por la que se modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo, al tiempo que se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
TARIFA PLANA
Este un texto desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo y la Ley de Economía Social, al tiempo que ordena y sistematiza el conjunto de medidas para fomentar y promover el trabajo autónomo e impulsar la Economía Social.
La nueva ley introducirá algunas novedades en relación con la Tarifa Plana para Autónomos y extiende los supuestos de la Tarifa Plana Especialmente Protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género.
Interior destacó que con la entrada en vigor de dicha ley, las víctimas del terrorismo disfrutarán de una cotización reducida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante cinco años.
Así, estos trabajadores, en los primeros doce meses, abonarán una cuota de 50 euros o tendrán una reducción del 80 por 100 de la cuota resultante de aplicar el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento a la base mínima de cotización que corresponda. Para el resto, hasta 48 meses, contarán con una bonificación del 50 por 100 de la base de cotización.

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