Eta. Upyd pide que el arrepentimiento sea requisito para que los expresos etarras puedan recibir ayudas del estado


El Grupo Parlamentario UPyD quiere que el arrepentimiento sea un requisito para que los etarras que hayan cumplido su condena puedan percibir el subsidio de excarcelación u otras ayudas a cargo del erario público.
Así consta en la moción consecuencia de interpelación urgente que UPyD ha registrado en el Congreso de los Diputados. Con esta iniciativa, UPyD quiere que el Congreso inste al Gobierno a impulsar “las modificaciones legales pertinentes para que los presos excarcelados que hubieran sido condenados por delitos de terrorismo hayan de cumplir determinados requisitos complementarios para tener acceso a la percepción del subsidio de excarcelación u otras ayudas a cargo del erario público”.
“En particular le será exigido la acreditación del abandono y rechazo de la actividad terrorista, la petición expresa de perdón a las víctimas de sus delitos y la colaboración con la justicia”, propone la moción, que añade que “estas mismas condiciones le serán exigibles para poder acceder a un empleo público”.
Asimismo, la moción insta al Gobierno a reforzar la vigilancia y la coordinación con otras administraciones “para impedir y sancionar la percepción de tales subsidios o ayudas mediante fraude de ley o incumpliendo los requisitos legales”.
Para UPyD, los expresos etarras “no deberían poder beneficiarse del subsidio de desempleo por excarcelación o de otras percepciones a cargo del Estado u otras administraciones públicas si no muestran signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios de la actividad terrorista y colaboran activamente con las autoridades” en la lucha contraterrorista.
La formación que lidera Rosa Díez sostiene que deberían hacer una “declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia”, así como una “petición expresa de perdón a las víctimas de su delito”.
Además, dicha desvinculación de la banda etarra y su entorno debería acreditarse también mediante “informes técnicos”.
Durante la interpelación que ha dado lugar a la moción, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, anunció que el Gobierno va a estudiar que los etarras, violadores y otros peligrosos delincuentes no puedan cobrar prestaciones asistenciales al salir de prisión si no se han rehabilitado ni pedido perdón a sus víctimas.
Esta cuestión ha cobrado especial relevancia después de la sentencia del Tribunal Europeo contra la ‘doctrina Parot’, que ya ha dado lugar a la excarcelación de dos etarras y un violador, que podrían solicitar algún tipo de prestación pública, como pueden hacer el resto de presos al quedar en libertad.
En este sentido, Fernández Díaz aseguró que su ministerio, el del Empleo y otros a los que afecte esta cuestión van a estudiar la petición planteada por la líder de UPyD, Rosa Díez, antes de que se debata la moción.
“INJUSTICIA”
En concreto, el titular de Interior dijo que el Ejecutivo está dispuesto a estudiar “medidas legales” para que terroristas y otros condenados por “crímenes especialmente abyectos”, como los violadores, no reciban prestaciones asistenciales al abandonar la cárcel si no se han arrepentido.
El ministro indicó que esto afectaría, en primer lugar, al “subsidio de excarcelación”, que es el que se ha especulado que puede cobrar la etarra Inés del Río al quedar en libertad la semana pasada. Sin embargo, el titular de Interior mostró la disposición del Gobierno a que el veto para etarras, violadores y otros peligrosos delincuentes no se limite a este subsidio, sino que afecte también a otras ayudas como becas y ayudas a la vivienda.
El ministro destacó que las “líneas rojas” para dejar a etarras y violadores sin estas ayudas es que se trate de prestaciones asistenciales; que se tomen decisiones que sean acordes con la Constitución; y que no afecten a “derechos adquiridos” de los presos.
Fernández Díaz añadió que la intención del Ejecutivo es estudiar esta limitación para etarras y peligrosos delincuentes “que no han pedido perdón, que no están rehabilitados, que no se han arrepentido” y que no se han reeducado, como recoge el artículo 25 de la Constitución.

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