La fiscal sostiene que La Manada cometió violación: "No hubo consentimiento"

  • La representante del Ministerio Público mantiene que no consta probado que la joven consintiera a tener relaciones sexuales.
manifestación contra la sentencia de la 'manada'
manifestación contra la sentencia de la 'manada'
EUROPA PRESS - Archivo

La fiscal Isabel Rodríguez ha apuntado en la vista que acoge el Tribunal Supremo contra los miembros de La Manada que los hechos ocurridos en julio de 2016 durante la fiesta de los San Fermines se tipifican como agresión sexual porque lo que allí ocurrió fue "sometimiento y no consentimiento". Por ese motivo ha solicitado que se modifique la sentencia y pide una condena para cada uno de los acusados de 18 años de prisión al tratarse de una violación.

En sintonía con lo recogido en su recurso de casación, la representante del Ministerio Fiscal ha recordado en su relato de hechos lo ocurrido hace ahora tres años poniendo especial énfasis en la superioridad física de los cinco acusados así como la temprana edad de la víctima, que apenas tenía 18 años. "No consta en los hechos probados que la víctima consistiera a acceder a esas relaciones; consta simplemente que los acusados con su sola presencia y su actitud constriñeron la voluntad de la víctima", ha relatado.  

La fiscal y las acusaciones del procedimiento no han cuestionado el relato de los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra de abril de 2018, que les condenó a nueve años de cárcel por delito de abuso sexual, sino la tipificación de los mismos. "En el interior del habitáculo fue rodeada sintiéndose presionada y sin capacidad de reacción. Notó cómo le desabrochaban la riñonera, la víctima sintió un intenso agobio y desasosiego y le hizo adoptar actitud de sometimiento y pasividad, no consentimiento", ha precisado Rodríguez.

"Situación buscada expresamente"

La fiscal, que se ha preguntado si "hace falta algo más" para entender que lo ocurrido la madrugada del 7 de julio fue agresión sexual y no abuso, ha apuntado que, desde el punto de vista de un "observador neutral" resulta razonable que cualquier persona en dicha situación "alcance el convencimiento de la inutilidad de la oposición de la víctima", ya que la resistencia, según ha expuesto Rodríguez, "únicamente podría conllevar para ella males mayores".

Por su parte, el abogado de la víctima Carlos Bacaicoa, ha apuntado en la misma línea y ha pedido que se le imponga a José Ángel Prenda, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero, Alfonso Jesús Cabezudo y Jesús Escudero 18 años de prisión y una indemnización en calidad de responsables civiles de 250.000 euros de forma solidaria. Por su parte, el abogado del Ayuntamiento de Pamplona, Víctor Sarasa, que ejerce la acusación popular en esta causa, expone que el recurso se presentó porque los hechos recogidos en la resolución que confirmó el Tribunal Superior de Justicia de Navarra implicaron una clara intimidación.

"Esta situación fue buscada expresamente por los cinco acusados. Ellos sabían perfectamente a lo que iban, los que no lo sabían era la víctima", ha expuesto el letrado ante el tribunal del alto tribunal en esta primera parte de la vista pública en la que también ha defendido estos alegatos la defensa que representa al Gobierno foral, Ildefonso Sebastián Labayen, también personado como acusación.

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