Fiscal pide al Supremo que confirme la condena a 6 años para 5 dirigentes de Segi

  • Madrid.- El fiscal ha pedido hoy al Tribunal Supremo que confirme la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó el pasado mes de noviembre a 5 dirigentes de la organización juvenil ilegalizada Jarrai-Haika-Segi por un delito de asociación ilícita constitutiva de organización terrorista a 6 años de prisión.

Fiscal pide al Supremo que confirme la condena a 6 años para 5 dirigentes de Segi
Fiscal pide al Supremo que confirme la condena a 6 años para 5 dirigentes de Segi

Madrid.- El fiscal ha pedido hoy al Tribunal Supremo que confirme la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó el pasado mes de noviembre a 5 dirigentes de la organización juvenil ilegalizada Jarrai-Haika-Segi por un delito de asociación ilícita constitutiva de organización terrorista a 6 años de prisión.

En una vista celebrada hoy, el fiscal ha rechazado los argumentos de los recursos presentados por cuatro de los condenados -Garikoitz Múgica, Eneko Aizpuru, Zigor Ruiz Jaso y Asier Tapia- que pedían la nulidad de la sentencia y su absolución.

Los recurrentes, junto con Araitz Zubimendi, según la sentencia de la Audiencia Nacional, asumieron las tareas de dirección de la citada organización tras la desarticulación en marzo de 2001 de la cúpula de Jarrai-Haika y continuaron sus actividades bajo la denominación de Segi.

Todos ellos debían haber sido juzgados en 2005 junto a otros miembros de la organización, 23 de los cuales fueron condenados en febrero de 2007 por el Supremo, que consideró que Jarrai-Haika-Segi es una organización terrorista que "complementa la actividad de lucha armada de ETA".

La letrada de Múgica, que ha pedido la nulidad de las intervenciones telefónicas y ha cuestionado las vigilancias y seguimientos de los que fue objeto su defendido como prueba pericial de inteligencia, ha sostenido que no hay una sola prueba en la sentencia de la Audiencia Nacional que acredite que éste formaba parte de los órganos de dirección de la organización.

Un criterio que, ha asegurado, estableció el propio Tribunal Supremo para determinar la condena en febrero de 2007.

Además, ha argumentado que la suspensión de actividades de la organización se produjo con posterioridad a las actuaciones de Múgica y ha dicho que estas actividades consistieron en ruedas de prensa y comunicados que llevó a cabo en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, mientras que no hay pruebas de que participara en la estrategia de ETA.

El fiscal ha calificado de "entelequia" el planteamiento de la defensa de Múgica y ha explicado que el delito se comete por pertenecer a esa organización, con independencia de que exista una declaración formal posterior de ilicitud.

Sobre la declaración de nulidad de las intervenciones telefónicas, el fiscal ha recordado que la defensa no lo planteó durante el juicio.

También ha rebatido el representante del Ministerio Público los argumentos del recurso de Asier Tapia y ha señalado que no cometió el delito por difundir determinados comunicados sino por pertenecer a Segi y por la asunción de los fines de una organización terrorista.

La acusación que ejerce la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) se ha opuesto también a todos los recursos y ha insistido en que hay claras pruebas incriminatorias contra todos los condenados como demuestran tanto sus propias declaraciones como la documentación intervenida en los registros.

También ha negado la acusación que la sentencia de la Audiencia Nacional vulnerara el derecho a la libertad de expresión de los condenados.

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