La Audiencia Nacional retoma desde este lunes el juicio contra Josep Lluis Trapero y los mandos políticos de los Mossos d'Esquadra con la vista puesta en las conclusiones que presente la Fiscalía de la Audiencia Nacional. El juicio, que tuvo que ser suspendido a mediados de marzo por la crisis del coronavirus, se reanuda esta semana y se dividirá en un total de cuatro sesiones que seguirán los acusados desde un juzgado de Barcelona por videoconferencia. La principal incógnita reside en la postura que adopte el Ministerio Público el cual ha abierto la puerta a rebajar su acusación inicial de rebelión a un delito de sedición, tras la condena del Tribunal Supremo por todos los hechos relacionados con la deriva independentista catalana.
Fuentes jurídicas consultadas por La Información confirman esta posibilidad que supondría una rebaja considerable en la petición de condena del exjefe de la policía catalana, máxime porque alternativamente a la sedición, el Ministerio Fiscal pondrá sobre la mesa una acusación por desobediencia, delito que no acarrea penas de prisión, sino simplemente inhabilitación. Un cambio más que sustancial que se evidenciará en esta primera sesión de juicio que retoma la Sección Primera de la Sala de lo Penal tras un parón obligado de cerca tres meses por la crisis sanitaria.
Para garantizar la seguridad de los presentes se restringirá el número de periodistas que puedan entrar en la Sala, la cual dejará una imagen atípica al contar con la ausencia 'in situ' de los acusados. Además de Trapero también se vuelven a sentar en el banquillo el exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig, el exdirector de los Mossos Pere Soler y la intendente Teresa Laplana. El Ministerio Público ha pedido para todos ellos 11 años de prisión por delito de rebelión excepto para esta última que ha afrontado hasta el momento una petición de cuatro años por sedición.
El juicio seguirá el día 15 con las conclusiones de las defensas y el informe de la Fiscalía mientras que los días 16 y 17 se dedicarán a los informes de las defensas y el turno de última palabra que se brinda por parte del tribunal a los acusados. La clave la tiene el fiscal teniente de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, que les acusó de desobedecer las órdenes de los tribunales con el dispositivo policial montado para el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Según expuso en su escrito de acusación firmado a finales de 2018, la cúpula de los Mossos dio "cobertura efectiva" a las normas "abiertamente constitucionales" que aprobó el Parlament y el Gobierno que dirigía entonces Carles Puigdemont.
Sin embargo, y aunque la Fiscalía ha mantenido en todo momento el delito de rebelión, también apuntó que tenía presente la sentencia del Tribunal Supremo por la que se condenó a los líderes independentistas por delito de sedición y no por la rebelión como le imputaba el Ministerio Fiscal del alto tribunal. El Mayor de los Mossos declaró en calidad de testigo durante esa vista que se acataron las órdenes de la Fiscalía y de los tribunales catalanes para esa jornada de referéndum. Además, negó que actuaran con pasividad en la policía autonómica, tal y como le atribuyó Diego Pérez de los Cobos.
El coronel de la Guardia Civil, a quien acaba de cesar Marlaska por negarse a facilitar información de la causa relativa al 8-M, fue el encargado de coordinar un dispositivo que él mismo calificó de insuficiente por la "inacción", según dijo, de la policía autonómica. Trapero expuso entonces ante el alto tribunal que fueron cuidadosos en su actuación; un mensaje que también repitió en su declaración como investigado el pasado mes de enero en la Audiencia Nacional. Además, recalcó que existía incluso un plan para detener a Puigdemont en caso de que así lo requiriera el Ministerio Fiscal.
Plan de actuación ante la DUI
Trapero se amparó en la existencia de unos documentos internos en la Policía en los que se hablaba de un dispositivo a seguir si la Justicia actuaba ante los intentos del Govern de aprobar la Declaración Unilateral de Independencia (DUI). Al respecto, la Fiscalía les acusa también de auspiciar los "movimientos populares" afines al independentismo, en referencia a las actuaciones de los entes soberanistas ANC y Òmnium Cultural, liderados entonces por los también condenados Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente. Tanto es así que la Fiscalía expuso en su escrito de conclusiones provisionales que "los hechos más graves" se produjeron durante el asedio a la Consejería de Cataluña los días 20 y 21 de septiembre de ese año.
La multitud de manifestantes que se congregaron durante una actuación judicial en el edificio y que llevó a que la secretaria judicial tuviera que salir por el tejado se produjeron, de acuerdo con la tesis del Ministerio Fiscal, debido a la "deliberada pasividad" de Laplana y de Trapero, a quienes acusa de no actuar con firmeza para controlar las convocatorias que se lanzaron con el fin de impedir el registro judicial. De nuevo sobre este punto Trapero insistió en que quisieron ser cuidadosos porque actuaciones indebidas de la policía autonómica hubieran tenido consecuencias graves en un contexto de máxima agitación política y social en aquel periodo concreto.
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