La Fiscalía desarma la 'doctrina Botín' y compara Bankia con una estafa piramidal

  • Carmen Launa se apoya en la sentencia del Supremo contra el fraude de Arte y Naturaleza para adelantar que podrá acusar también por falsedad contable.
Bankia se sienta en el banquillo de la Audiencia Nacional
Bankia se sienta en el banquillo de la Audiencia Nacional
EFE

La principal baza con la que contaban casi la totalidad de exdirectivos de Bankia para deshacerse de las acusaciones particulares en el juicio por la salida a Bolsa se diluyó en los primeros minutos de alocución de la fiscal Anticorrupción, Carmen Laúna. Su apunte este lunes acerca de que podría incluir el delito de falsedad contable al final del procedimiento si las pruebas van en esa dirección, desarmó los alegatos de los abogados de los exconsejeros contra quienes no ejerce acusación la Fiscalía, máxime teniendo en cuenta que comparó el devenir del macrojuicio con otro caso de estafa piramidal.

Para apuntalar este posible cambio de criterio, la representante del Ministerio Fiscal se amparó, en su turno de cuestiones previas, en una sentencia del Tribunal Supremo con fecha de 23 de febrero de 2018. La misma confirma la condena a la excúpula de Arte y Naturaleza por la estafa, al estilo Afinsa pero con la venta de obras de arte, con la que defraudaron 434 millones de euros a más de 19.000 personas. Aunque la resolución no condena por delito de falsedad contable, sí que analiza el grado de responsabilidad de la hija del fundador de esta sociedad y el resto de socios en la elaboración de los estados contables.

La Fiscalía, en ese caso, sí apreció delito de falsedad en las cuentas porque entendió que, al margen de que dichos ejercicios anuales estuvieran o no auditados, Guillermo del Toro, el exdirector de la sociedad ya fallecido, era consciente de la situación patrimonial y la intentó ocultar. Por ello, les acusó de este tipo penal en cooperación con estafa, porque la actividad fraudulenta consistió en la venta de obras de arte a un precio infinitamente superior a su valor real de mercado.

En lo que al caso Bankia respecta, la ocultación de información clave por parte de los acusados en los folletos informativos, así como en los estados contables de 2011 y 2012, vició de pleno el proceso de salida a Bolsa, de acuerdo con la tesis de la Fiscalía. Aunque todas estas "irregularidades" cometidas por la antigua dirección de la entidad no alcanzan, por el momento, a constituirse como delito de falsedad contable, el devenir del procedimiento y, en concreto, el resultado de la práctica pericial, puede suponer un cambio trascendental en la acusación.

De momento, este giro insinuado en la primera sesión del juicio por el mayor rescate bancario de la historia de España, impediría tan siquiera estudiar el planteamiento de una treintena de acusados (incluidos Bankia, BFA y Deloitte) que buscan sacar del procedimiento a las acusaciones particulares y abrir la vía así a que el tribunal aplique la doctrina Botín, avalada por el Supremo y que permite dar carpetazo a una procedimiento si solo resiste la acusación popular. 

Tampoco saldrían bien parados los cuatro exdirectivos de la entidad a los que Anticorrupción sí responsabiliza penalmente de maquillar los estados financieros para que los inversores, minoritarios en su mayoría, adquirieran acciones de salida a Bolsa de la entidad. Ellos son el expresidente de Bankia Rodrigo Rato, el exvicepresidente José Luis Olivas y los exconsejeros José Manuel Norniella y Francisco Verdú Pons. Se enfrentan a penas que van de los dos años y siete meses de prisión a los cinco años por delito de fraude

La clave en juego está en si se aprecia delito de falsedad en la formulación de cuentas que no han sido auditadas ni aprobadas por las Juntas Generales, en este caso de BFA y su matriz Bankia. De acuerdo con el criterio inicial de la Fiscalía, el hecho de que los estados contables de marzo de 2012 no estuvieran respaldados por los órganos competentes implica que jurídicamente no pueden ser considerados cuentas anuales como tal, porque tampoco estuvieron a disposición de accionistas, acreedores o inversores. Sin embargo, la intervención de Laúna este lunes, dejó la puerta abierta a un cambio de criterio cuyo desenlace solo se sabrá cuando se pronuncie sobre sus conclusiones definitivas al final del procedimiento, previsto para junio.

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