Generalitat utilizará el padrón para celebrar consultas sin permiso estatal

  • El gobierno de la Generalitat ha aprobado hoy el proyecto de ley de consultas populares diferentes del referéndum, que prevé utilizar el padrón como base orientativa para el censo en unas consultas que según lo previsto no requerirían autorización estatal.

Barcelona, 27 dic.- El gobierno de la Generalitat ha aprobado hoy el proyecto de ley de consultas populares diferentes del referéndum, que prevé utilizar el padrón como base orientativa para el censo en unas consultas que según lo previsto no requerirían autorización estatal.

El Govern ha esperado a su última reunión ordinaria del año para aprobar un proyecto salido del compromiso adoptado por CiU y ERC en el pasado debate de política general en el Parlament.

La ley pretende desplegar el artículo 122 del Estatut, que otorga a la Generalitat la competencia exclusiva en las consultas populares que no sean por la vía de referéndum, una vía que sí exige el permiso de la administración central del Estado.

Para sortear este inconveniente, el Govern que preside Artur Mas ha diseñado una norma que intenta blindar jurídicamente la posibilidad de que Cataluña convoque una consulta.

La iniciativa, según ha explicado el portavoz del Govern, Francesc Homs, se enmarca en el "ejercicio del derecho a decidir y la transición nacional" planteada por Mas, cuya primera estación ha de ser el pacto fiscal, sobre el que la Generalitat se reserva la posibilidad de convocar una consulta en Cataluña.

Homs ha asegurado que el proyecto se ciñe al marco jurídico que definió la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut: el artículo 122, ha recordado, "pasó el filtro".

El proyecto prevé la convocatoria de consultas dirigidas a conocer la opinión de la ciudadanía, mediante un voto libre, directo y secreto en relación a cualquier aspecto de la vida pública.

Las consultas se podrán celebrar en el ámbito municipal o de toda Cataluña, según las respectivas competencias, a instancias de los poderes públicos o de los ciudadanos.

La convocatoria de consultas en el ámbito competencial de la Generalitat corresponde al presidente catalán, mientras que las del ámbito local corresponden al alcalde o presidente de entidad local.

También se puede pedir a instancias de una comisión promotora formada por tres personas físicas o por alguna entidad jurídica, que acrediten un número mínimo de firmas.

En el caso de una consulta popular en toda Cataluña, será necesario un mínimo de 50.000 firmas válidas, mientras que en el caso de las consultas municipales la cifra dependerá del número de habitantes de la localidad en concreto.

Estarán legitimadas para votar las personas mayores de 18 años que no estén privadas de derechos políticos, ya sean de nacionalidad española o ciudadanos de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, que estén empadronados en algún municipio de Cataluña.

El gobierno catalán se apoya pues en el padrón para celebrar estas consultas, evitando recurrir al censo oficial, para desmarcarse así de la fórmula del referéndum.

El proyecto prevé la creación de una comisión de seguimiento para velar por la claridad, la transparencia y la eficacia del proceso de consulta, así como una comisión de control formada por juristas de prestigio para resolver los recursos pertinentes.

Homs, que estima que la ley podría ser aprobada por el Parlament en torno al próximo verano, ha defendido la legalidad de la norma: "¿Acaso la Generalitat es la única institución del mundo que no puede consultar nada a sus ciudadanos sin pedir autorización a alguna otra administración? No tendría sentido que fuera así".

Además, se ha mostrado convencido de que la jurisprudencia del TC avala esta ley y ha remarcado que este tipo de consultas "no puede tener carácter vinculante jurídicamente, pero su valor político es de una trascendencia enorme".

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