Gobierno eleva los controles higiénicos en la comercialización de alimentos

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se establecen distintas medidas de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de alimentos.

Madrid, 30 sep.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se establecen distintas medidas de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de alimentos.

En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, el portavoz del Gobierno, José Blanco, ha destacado que se trata de una norma que eleva los controles higiénicos oficiales en mataderos y establecimientos de comercio al por menor.

Con la aprobación de este Real Decreto, según recoge la referencia del Consejo, se regulan las condiciones bajo las que pueden ponerse en el mercado canales de aves, corderos, cabritos y lechones, parcialmente evisceradas.

En el ámbito del comercio al por menor de carnes frescas y sus derivados, se amplían las condiciones de comercialización entre establecimientos de comercio al por menor y modifica la normativa española en esta la materia.

Así, los comercios al por menor no sólo podrán suministrar carnes frescas y derivados a locales de comidas preparadas, sino a otros establecimientos al por menor, siempre que cumplan las condiciones fijadas, entre ellas, la de ser una actividad marginal en términos económicos y de producción.

Asimismo, se admiten otros sistemas de transformación de la leche cruda que supere los parámetros establecidos en lo que se refiere a las colonias de gérmenes y al contenido de células somáticas cuando sean equivalentes, en garantías de seguridad, a la transformación en queso, con un período de maduración superior a sesenta días.

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