Gobierno recurre ante el TC la modificación de la ley catalana de Urbanismo

  • El Gobierno ha aprobado hoy recurrir ante el Tribunal Constitucional la modificación de la ley catalana de Urbanismo al entender que vulnera, entre otras cuestiones, la normativa básica sobre patrimonios públicos de suelo.

Madrid, 30 nov.- El Gobierno ha aprobado hoy recurrir ante el Tribunal Constitucional la modificación de la ley catalana de Urbanismo al entender que vulnera, entre otras cuestiones, la normativa básica sobre patrimonios públicos de suelo.

La ley, aprobada en el Parlament en febrero de este año con los votos favorables de CiU, PSC, PPC y Ciutadans y del diputado no adscrito Joan Laporta, modifica el texto aprobado hace diez años, pretende simplificar algunos trámites administrativos y exime a determinados municipios de la obligación de reservar una cantidad determinada de suelo para vivienda protegida.

El Gobierno ha acordado interponer un recurso concretamente contra los artículos 59 y 64 y el apartado séptimo de la disposición adicional sexta de dicha ley.

Una vez admitido a trámite el recurso, el acuerdo aprobado hoy implicará la suspensión de los preceptos recurridos, tal y como consta en el artículo 161.2 de la Constitución, según recoge la referencia del Consejo de Ministros de hoy.

El Ejecutivo entiende que dicha normativa vulnera la legislación estatal en materia de patrimonios públicos de suelo, sobre el destino de los ingresos de la enajenación de suelo público y el destino de suelos cedidos.

Además, según consta en la referencia, el Gobierno mantiene que vulnera también lo establecido en la normativa estatal en cuanto a la primera ocupación de las edificaciones de nueva planta que requieren un acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa.

"Se considera que no es correcta la previsión de la ley catalana, que sujeta al régimen de comunicación previa la primera utilización y ocupación de los edificios y las construcciones", recoge la referencia.

Igualmente, el Ejecutivo sostiene que existe una "extralimitación competencial" en la ley catalana, porque establece una nueva fórmula de ocupación y explotación del dominio público marítimo-terrestre, como es la comunicación previa, distinta de la concesión y autorización que rige en la legislación estatal.

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