Guerra a los símbolos 'indepes': el Estado impugna la bandera nacional canaria

  • El servicio jurídico del Gobierno pide al Supremo que impida que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife pueda ondearla en su sede
bandera nacional canaria
bandera nacional canaria

Ni la 'estelada' independentista en los ayuntamientos catalanes ni la ikurriña en los balcones de los consistorios navarros, y mucho menos en el de Pamplona, ahora que faltan dos días para San Fermín. El Gobierno quiere que el Supremo prohíba de una vez por todas que se ondeen enseñas no oficiales en los edificios municipales. La última batalla de esta guerra de símbolos se acaba de iniciar en el alto tribunal. Pero el conflicto no tiene nada que ver con esos dos territorios en los que el secesionismo está especialmente activo. Lo que la Abogacía del Estado quiere conseguir es que la bandera nacional canaria deje de mostrarse frente al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, gobernado por Coalición Canaria.

El municipio de la capitar tinerfeña aprobó colocar esa bandera -formada por los colores blanco, azul celeste y amarillo con siete estrellas verdes en el centro que simbolizan las islas- en “un lugar destacado de su sede central”. Lo hizo por considerarla “uno de los símbolos colectivos con los que se siente identificado el pueblo canario, expresión de las luchas históricas que se han sucedido en el archipiélago a favor de la instauración de la democracia, la libertad y la consecución de mayores cotas de bienestar para sus gentes, así como en pro de la construcción de una mayor hermandad entre las islas”.

El mástil con la enseña nacionalista se colocó en la acera exterior del edificio, frente a la fachada del Ayuntamiento, y no en lo alto de esta, donde permanecieron enarboladas las oficiales. Sin embargo, la Abogacía del Estado presentó recurso contra esa decisión municipal. El 29 de junio de 2017, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de esa capital anuló el acuerdo que ordenó izarla. La sentencia aseguraba que cualquier acuerdo local sobre las banderas estaba sometido a control judicial y que los símbolos nacionales representan a la nación correspondiente y, en los Estados descentralizados [como España] su unidad”. “Las administraciones públicas no pueden legalmente exhibir otras banderas que no sean las oficiales”, concluía.

El Superior canario dio la razón al municipio

El municipio recurrió esa sentencia ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que, meses después, en noviembre, la revocó. Los magistrados consideraron que la colocación de la bandera nacional canaria constituía “una manifestación conmemorativa de carácter político que, aunque tenga un sesgo nacionalista, se encuentra perfectamente contemplado dentro del marco de la legalidad institucional española”.

El tribunal, además, subrayó que la bandera nacional no estaba junto a las oficiales, y concluyó: “Un ordenamiento jurídico basado en el pluralismo político no debería prohibir este tipo de actos excepto que conste de una manera clara y tajante de un mandato legal”. Y añadía que su prohibición suponía “una restricción de libertades tan esenciales como la libertad de pensamiento para atribuir a una bandera un determinado significado social que no vulnera ningún precepto del ordenamiento jurídico”.

Contraria a la Constitución y el Estatuto

El abogado del Estado ha vuelto a recurrir, esta vez al Supremo. En su escrito considera que la sentencia del TSJC vulnera el Estatuto de Autonomía de Canarias, la Constitución Española, la ley que regula el uso de la bandera de España y los principios de neutralidad, objetividad y lealtad institucional. Además, pide al alto tribunal que la anule para que en el futuro pueda evitarse que otros municipios o comunidades autónomas tomen decisiones semejantes de enarbolar banderas no oficiales.

La Sala de lo Contencioso ha admitido a trámite el recurso. En concreto, lo que el Supremo tiene que decidir es “si resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente” la utilización “de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás banderas legal o estatutariamente instituidas”. La decisión final llegará, previsiblemente, en los próximos meses. Casi con total probabilidad no dará tiempo a resolver antes de que el vino y los toros empiecen a correr en Pamplona.

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