Hacienda calcula en 220.000 euros lo que el pp debía haber pagado en 2008 por las donaciones anónimas


La Agencia Tributaria ha remitido ya al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz el cálculo de los impuestos impagados por el PP en 2008 por las donaciones anónimas que recibió, cantidad que ascendería a 220.000 euros, aunque en su informe insiste en que no hubo delito, porque ese tipo de entregas están exentas de pagar impuestos y el cálculo se hace siguiendo el criterio del magistrado.
Este martes expiraba el plazo de cinco días dado por el juez para que la Agencia Tributaria le remitiera el cálculo de los impuestos supuestamente impagados por el PP, que Ruz tuvo que pedir por dos veces a Hacienda.
El magistrado remitió el pasado martes un requerimiento a la Agencia Tributaria, dentro de la investigación sobre los 'papeles de Bárcenas', para que realice el cálculo de los impuestos impagados por los populares tanto en el IRPF como en el IVA, tras la negativa de la responsable de este organismo del pasado 3 de marzo.
Ruz reiteraba así su petición en los términos acordados en su providencia anterior de 25 de febrero, aunque en esta ocasión se lo requería personalizadamente a la inspectora jefe de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude de la Agencia Tributaria (ONIF), Margarita García-Valdecasas, como coordinadora de la función de auxilio judicial.
En el escrito de García-Valdecasas, ésta se negaba a hacer el cálculo de lo que el PP tendría que haber tributado a la Hacienda Pública por las donaciones anónimas que recibió el partido, por entender que esas donaciones estaban exentas de tributación.
Además, el juez también acordaba requerir de la misma unidad de auxilio judicial que se determinen las contingencias fiscales en el impuesto sobre el IVA del PP por los pagos realizados a la empresa Unifica, que realizó las reformas en la sede del partido.
El juez reiteraba el requerimiento a Hacienda una vez que hubo conocido el parecer del ministerio público. Juez y fiscal destacan que la colaboración y auxilio por parte de la AEAT es obligada por parte de Hacienda hacia los tribunales de España.
Ruz recordaba en su auto el marco legal que obliga a la AEAT a prestar esa cooperación y auxilio. A tenor de ese marco legal y según la doctrina jurisprudencial, la respuesta ofrecida por la responsable de la ONIF al primer requerimiento debe rechazarse, "motivando, como igualmente reclama el ministerio fiscal, un nuevo requerimiento que deberá ser atendido en sus estrictos términos, y ello por cuanto el criterio esgrimido en este concreto caso por la ONIF resulta infundado y contradictorio con lo resuelto por la misma Agencia en supuestos similares obrantes en la causa".

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