Hacienda embargará en apremio a los etarras que no pagaron indemnizaciones

  • La Agencia Tributaria podrá embargar por el procedimiento administrativo de apremio aquellos bienes de terroristas condenados que no pagaron las cantidades fijadas en sentencia como responsabilidad civil y que fueron adelantadas por el Estado a las víctimas.

Madrid, 28 nov.- La Agencia Tributaria podrá embargar por el procedimiento administrativo de apremio aquellos bienes de terroristas condenados que no pagaron las cantidades fijadas en sentencia como responsabilidad civil y que fueron adelantadas por el Estado a las víctimas.

A través de una enmienda del PP a los Presupuestos para 2014, que se tramitan ahora en el Senado, el Estado se subrogará en la titularidad del derecho de cobro de las indemnizaciones hasta el total de la ayuda satisfecha a las víctimas del terrorismo o a sus beneficiarios.

Además, este cobro se realizará por el procedimiento administrativo de apremio previsto en el Reglamento General de Recaudación de 2005.

Según la exposición de motivos de la enmienda, la reforma trata de "agilizar considerablemente la gestión" para recuperar las cantidades que el Estado adelantó a las víctimas del terrorismo en concepto de responsabilidad civil y que Hacienda reclamará ahora directamente a los etarras.

La enmienda del PP, que modifica la Ley de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo, prevé no obstante que las víctimas a quienes la sentencia reconoció unas indemnizaciones superiores a las recibidas por el Estado, conserven la acción civil para reclamar la diferencia a los terroristas condenados.

En otra enmienda del PP, se prevé que los terroristas que salen de prisión deban pedir perdón a sus víctimas y mostrar signos de arrepentimiento para poder cobrar el subsidio de excarcelación que les pudiera corresponder tras su salida de prisión.

La iniciativa asegura que sería "injusto" que no se tuviera en cuenta el arrepentimiento y la desvinculación con la organización criminal cuando dichos requisitos son necesarios e imprescindibles, por ejemplo, para el acceso al tercer grado penitenciario.

La ley vigente establece el derecho a percibir este subsidio a los presos que habían sido liberados y no tenían derecho a paro, siempre que la privación de libertad hubiera sido por un tiempo superior a seis meses.

Hasta ahora no se tenía en cuenta la conducta de los presos durante su estancia en la cárcel para recibir este subsidio ni tampoco otros aspectos como su voluntad de reinsertarse en la sociedad.

Una última enmienda del PP, crea una condecoración para las víctimas del terrorismo con el grado de "Insignia", destinada a los que tengan la condición de amenazados, a los ilesos en atentado, así como al cónyuges, hijos, padres o hermanos de fallecidos en acto terrorista.

La Ley de Víctimas del Terrorismo ya reconoce la Gran Cruz a título póstumo, para los fallecidos en atentado, y la Encomienda para los heridos o secuestrados por grupos terroristas.

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