Las indemnizaciones impuestas a etarras antes de 2015 prescriben en el año 2020

  • El 7 de octubre de ese año será la fecha en la que prescribirán las indemnizaciones impuestas a etarras después del cambio del Código Penal
Un surfista pasa junto a una pintada a favor de la banda terrorista ETA en el barrio de Gros de San Sebastian. EFE/Juan Herrero
Un surfista pasa junto a una pintada a favor de la banda terrorista ETA en el barrio de Gros de San Sebastian. EFE/Juan Herrero

La Audiencia Nacional ha establecido en el 7 de octubre de 2020 el plazo de prescripción de las indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil impuestas a miembros de ETA antes de la reforma del Código Civil que en 2015 redujo el periodo para su reclamación de 15 a 5 años. 

Así lo ha resuelto la sección segunda de lo Penal en un auto, al que ha tenido acceso Efe, en el que rechaza declarar prescrita la responsabilidad civil del etarra Jon Etxegarai Begoña, al que se le reclaman 16.221 euros y que alegaba que el plazo de prescripción era de cinco años en virtud de la citada reforma y ya había vencido. 

La sección segunda en pleno -María José Rodríguez Duplá (presidenta), Ángel Hurtado (ponente), María Riera, Julio de Diego y Juan Pablo González- creen por contra que el plazo de prescripción de la responsabilidad civil en la acción penal comienza "a contar desde que la sentencia penal es firme, si se quiere una vez incoada la oportuna ejecutoria", señala el auto.

La Sala asume así, aunque "con una serie de precisiones", la posición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional que se pronunció en este caso a favor del plazo de prescripción de quince años, si bien entiende que, si en mitad de la ejecución de la condena entró en vigor la reforma, el 7 de octubre de 20015, desde ese momento el plazo a contar es de 5, por lo que vencería en 2020.

Por eso distingue "dos tipos de relaciones: por un lado, las nuevas, que surgen una vez entrada en vigor la nueva norma, esto es, a partir del 7 de octubre de 2015, para las cuales el plazo de prescripción es este de cinco años"; y las sentencias que existían antes de la entrada en vigor del nuevo plazo. Estas últimas "conservarían su plazo de prescripción de quince años", mientras que las que se empezaron a ejecutar, "por ejemplo, en octubre de 2010" con unas expectativas de vencimiento en 2025, deben acortarse a octubre de 2020, "porque en ese periodo de tiempo, en que está en observancia el referido plazo de quince años, ha entrado en vigor un nuevo plazo que lo reduce".

Es así "como hay que entender el juego de vigencia de los quince años, que, por lo tanto, no se ha de entender en el sentido literal de que transcurran en su integridad, sino con un tiempo que, en cuanto que sirve de enlace con el nuevo plazo de reforma, habrá que adaptarse al de esta, hasta un tope máximo, una ves entrada en vigor, de cinco años", concluyen los magistrados. 

En el caso concreto que se resuelve, la Sala observa que la sentencia a Etxegarai fue firme el 3 de mayo de 2012, cuando aún no se había promulgado la reforma, por lo que en ese momento la prescripción era de 15 años. Sin embargo, el 7 de octubre de 2015 entró en vigor el nuevo plazo, y si bien el mismo pasa a ser el de aplicación, el "dies a quo" en el que debe contar ese nuevo plazo es a partir de ese día de entrada en vigor de la ley. Es por ello que, "al no haber transcurrido, a día de hoy, esos cinco años, es por lo que decimos que no está prescrita la responsabilidad civil que resulta de la sentencia".

En mayo pasado, la Guardia Civil, en colaboración con la Audiencia Nacional, puso en marcha una operación para intervenir numerosos bienes muebles e inmuebles propiedad de más de cincuenta personas condenadas por diferentes delitos de terrorismo relacionados con ETA. Entre esas personas hay varios históricos de ETA, como Idoia López Riaño, conocida como la Tigresa, en libertad desde 2017 tras 23 años presa; Mercedes Galdós Arzuaga, Bitxori, exintegrante del comando Nafarroa y libre desde 2005 tras cumplir 19 años de prisión; o Enrique Letona, libre desde 2004. 

Según explicó el Ministerio del Interior, se trata de condenados tanto por atentados terroristas como por acciones de "kale borroka", que tienen pendientes deudas contraídas con el Estado por el pago de responsabilidades civiles, que ascenderían a más de ocho millones de euros.

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