La JEC de nuevo en la encrucijada por los debates electorales, esta vez en Madrid

  • El partido de Más Madrid ha sido considerado por la JEC como de nueva creación y, por tanto, no podría participar en los debates televisados. 
Carmena y Errejón presentan su otra vía para Madrid
Carmena y Errejón presentan su otra vía para Madrid

La polémica en torno a los debates electorales y quienes pueden participar en ellos parece que se prolonga para las próximas elecciones municipales y autonómicas del 26 de mayo y pone de nuevo a la Junta Electoral Central (JEC) en la encrucijada. En esta ocasión, la cuestión se centra en Madrid, donde Íñigo Errejón y Manuela Carmena se presentan a la Comunidad y al Ayuntamiento de Madrid, respectivamente, con Más Madrid, un partido considerado por la JEC como "de nueva creación", denominación que impediría que puedan participar en debates televisados. 

Aunque no hay un pronunciamiento concreto sobre ello, fuentes próximas a la JEC consultadas por Efe aseguran que si llega una reclamación o consulta sobre el formato de tales debates y sus protagonistas, la categoría de "partido de nueva creación" necesariamente jugará un papel determinante.

El origen de esta nueva controversia se sitúa en una consulta reciente de Telemadrid dirigida a la Junta Electoral Provincial sobre cómo debe distribuir los espacios de propaganda electoral de cada formación. En su respuesta, la Junta madrileña se remite a un acuerdo del 15 de marzo de 1999 de la Junta Electoral Central (JEC) en el que se equipara a los partidos de "nueva creación" con los que no obtuvieron representación en las elecciones precedentes, en este caso, las de 2015. Considera, por tanto, que Más Madrid es un partido nuevo.

La formación de Carmena y Errejón, disconforme, recurrió a la JEC, y el árbitro electoral, en un acuerdo conocido el lunes, ratifica la decisión de la Junta Provincial y avala el acuerdo de 1999. En consecuencia, Más Madrid accederá al reparto de espacios de propaganda electoral en Telemadrid en las mismas condiciones que las formaciones que en 2015 se quedaron sin presencia en la Asamblea autonómica.

En el acuerdo del lunes, la JEC precisa los tiempos. Los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones con presencia en el Parlamento regional tendrán entre 10 y 30 minutos, en tanto que "aquellas formaciones que no concurrieron o no obtuvieron representación en las elecciones anteriores" dispondrán de 10. Éste sería el caso del partido de Carmena y de Errejón. 

Sin embargo, el mismo 15 de marzo de 1999 la Junta Electoral Central adoptó otro acuerdo en respuesta a "diversas consultas relativas a denominación de coaliciones y espacios gratuitos de propaganda electoral en medios de titularidad pública". En éste, indica: "En el caso de partidos políticos constituidos con posterioridad a las anteriores elecciones equivalentes y que concurran por primera vez en las próximas elecciones, el tratamiento legal de dichos partidos será el correspondiente a las entidades políticas que no concurrieron en la anterior elección, a efectos de espacios gratuitos de campaña electoral y demás medios públicos de campaña".

Fuentes próximas la JEC consultadas por Efe sostienen que si Más Madrid se considera partido de "nueva creación" para la distribución de los tiempos de propaganda electoral en un medio público, también se considerará como tal para el reparto de los tiempos informativos y de programaciones específicas en tales medios públicos, como por ejemplo los debates.

El caso de Vox

No obstante, para que esto sea firme tiene que haber un acuerdo específico sobre la presencia de Más Madrid en esos debates, lo que aún no se ha producido independientemente de la doctrina que al respecto haya generado la Junta Electoral Central. El precedente más cercano es el debate que se celebró en Atresmedia hace una semana entre los principales candidatos a la Presidencia del Gobierno.

El candidato de Vox quedó excluido a raíz de una reclamación de Coalición Canaria, entre otras formaciones, en la que se alegaba que el partido de Santiago Abascal no tuvo representación parlamentaria en los anteriores comicios generales, y por tanto, no cabía su presencia.

La Junta Electoral resolvió a favor de la reclamación y obligó a Atresmedia a cambiar el formato, pues ni siquiera consideró a Vox "grupo político significativo" al no haber logrado representación parlamentaria en elecciones "equivalentes" a unas generales, es decir, otras generales o las europeas. Fuentes de la JEC recuerdan que Más Madrid tampoco puede ser considerado "grupo político significativo".

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