Así fue la polémica entre los jueces de la Gürtel por citar a Rajoy

  • Según se puede deducir del auto que llama a Rajoy como testigo, el presidente deberá acudir de forma presencial a la AN. Hurtado considera debería hacerse por videoconferencia.

    Los jueces argumentan que citan a declarar al presidente porque en su momento el PP, que está considerado partícipe a título lucrativo, se negó a declarar en el juicio.

Así fue la polémica entre los jueces de la Gürtel por citar a Rajoy
Así fue la polémica entre los jueces de la Gürtel por citar a Rajoy

La guerra está servida. El tribunal que juzga la primera época de la trama Gürtel (1999-2005) decidió el pasado 18 de abril citar en calidad de testigo al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, porque en su momento el PP, que está considerado partícipe a título lucrativo, se negó a declarar en el juicio.

El hecho, inédito hasta la fecha, ha desatado una auténtica 'guerra' entre los jueces de la Gürtel, ya no por la negativa de llamar a Rajoy defendida por Hurtado, sino porque está declaración, según se puede deducir del auto, el presidente deberá acudir de forma presencial a la Audiencia Nacional.

Así, los jueces acuerdan que "el régimen jurídico procesal aplicable a la declaración del testigo D. Mariano Rajoy Brey, en la consideración del cargo público de Presidente del Gobierno que ostenta, pero sin que la razón de su testifical se refiera a hechos de los que tenga conocimiento por razón del mismo, es el expresamente previsto en los art 702 y 703 de la LECrim. , debiendo de comparecer el testigo ante el tribunal en la fecha que se señale según calendario fijado para el juicio". Es decir, que todos los que se encuentren en una situación análoga a la del actual presidente, salvo la Familia Real, y que "están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal".

Por ello, y pese a que el propio auto señala que se aplicarán "las previsiones necesarias en cuanto a su citación para evitar perturbar el adecuado ejercicio de su cargo", el juez Hurtado ha entrado en cólera. En su voto particular, el magistrado asegura no estar de acuerdo con la decisión sobre cómo debe declarar Rajoy. "No estoy de acuerdo, porque la mención a los artículos citados y la omisión del 731 bis de la LECrim apunta a la idea de que esa comparecencia ha de ser presencial ante este Tribunal, cuando hay suficientes razones para que la misma se realice mediante el sistema de videoconferencia, y algo al respecto se debería haber dicho sobre este particular, por cuanto que en el propio escrito de la parte, junto a las razones que esgrime en solicitud de su prueba, dice del testigo que “su única prerrogativa -dada su posición institucional- sería la forma de prestar su declaración, pero NO el NO declarar”, dice Hurtado.Llaman a Rajoy porque el PP se negó a declarar

Por otro lado, el auto del tribunal que juzga el caso, que a pesar de que en ocasiones anteriores no consideró procedente esta citación, ha justificado el llamamiento a Rajoy en que "el Partido Popular se negó a prestar ninguna declaración respecto de los hechos".

"Por tanto, la situación en la que se encuentra el tribunal es muy diferente a la de antes del inicio de las sesiones del juicio o la posterior cuando tampoco no se había practicado suficiente prueba para llegar a determinadas conclusiones, que son las que nos mueven ahora a considerar que la prueba deba admitirse en este momento", explica el auto. La decisión de citar a declarar a Rajoy por los cargos que ostentó en las citadas fechas en el PP se tomó por mayoría de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

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