Jueces y fiscales, en contra de las nuevas tasas judiciales por recaudatorias

  • Las asociaciones de Jueces para la Democracia (JpD), la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y el sindicato de secretarios judiciales (Sisej) han manifestado hoy su oposición a la aprobación de las nuevas tasas judiciales, que hoy serán objeto de debate en el Congreso de los Diputados.

Madrid, 22 oct.- Las asociaciones de Jueces para la Democracia (JpD), la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y el sindicato de secretarios judiciales (Sisej) han manifestado hoy su oposición a la aprobación de las nuevas tasas judiciales, que hoy serán objeto de debate en el Congreso de los Diputados.

En un comunicado conjunto, los tres colectivos califican la medida de "recaudatoria" y advierten "de la grave privación de derechos que sufrirá el acceso ciudadano a la Justicia" con el proyecto de ley que regula las Tasas de la Administración de Justicia y el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

A su juicio, este proyecto de ley, "cuyo precedente se remonta en España al año 1959, en plena dictadura", supone una ataque a la tutela judicial efectiva, "siendo inaceptable que no se dé curso a una demanda por la única razón de que la persona que acude a la justicia no pueda afrontar el pago de la tasa".

Critican así la "elevada cuantía" de las nueva tasas, que solo permite litigar "a aquellos que económicamente puedan afrontarlas" y defienden la "innegable vertiente" de servicio público de la justicia, que "no debe convertirse en una herramienta recaudatoria más para la gestión de una política presupuestaria y económica".

Denuncian que este tipo de políticas "está haciendo recaer las consecuencias de la crisis financiera en los sectores más desfavorecidos de la ciudadanía, que además ven cómo sufragan con sus impuestos servicios que luego quedan al servicio de las clases económicamente más favorecidas".

Además, "a diferencia de los depósitos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial o en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, las tasas no son retornables aunque se obtenga una resolución favorable".

También se oponen a "su establecimiento con carácter general y no excepcional, extendido a todas las jurisdicciones, con la única excepción de la penal, y a toda persona física o jurídica".

Recuerdan que en cuanto a las personas físicas solo quedarán exentos de pagarlas quienes acrediten ingresos inferiores al límite de la justicia gratuita.

Esto, advierten, es contrario a la Ley 1/1996, que reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a quienes acrediten una renta inferior al doble del salario mínimo interprofesional, lo que supone unos ingresos inferiores a 1.100 euros netos mensuales aproximadamente.

A esto se une que estas nuevas tasas no son excluyentes de las establecidas o que puedan establecer las comunidades autónomas, con lo que los usuarios de la justicia en esos territorios "verán doble e injustamente limitados sus derechos".

Recuerdan además que ante "posibles abusos de tipo procesal ya existen mecanismos como la condena en costas o la declaración de temeridad, que no se imponen a quienes legítimamente se ven obligados a recurrir a la Administración de Justicia".

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