Por desobediencia y malversación

El juez exime a Puigdemont de sedición pero mantiene las otras dos condenas

El tribunal supremo ha dejado sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista, pero mantiene las órdenes nacionales dictadas contra Puigdemont y los ex consejeros Comín y Puig.

Puigdemont, exonerado de sedición, pero mantiene las otras dos condenas
El juez exime a Puigdemont de sedición pero mantiene las otras dos condenas.
Europa Press

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Pablo Llarena, ha eximido por el delito de sedición al expresidente catalán Carles Puigdemont, pero lo mantiene por los delitos de desobediencia y malversación, al tiempo que ha dejado sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista.

Según ha informado el TS, el instructor del 'proces' considera que la derogación de la sedición plantea un "contexto cercano a la despenalización" de los hechos investigados, al no encajar en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados. Deja sin efecto las euroórdenes actuales por sedición, pero mantiene las órdenes de busca y captura nacionales dictadas contra Puigdemont y los ex consejeros Toni Comín y Lluis Puig por malversación y desobediencia.

Además, pospone la decisión de emitir una nueva euroorden contra Puigdemont y los otros dos acusados de malversación a la resolución de los tribunales de la UE sobre la inmunidad parlamentaria y la cuestión prejudicial. El tribunal supremo ha dejado sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista, pero mantiene las órdenes nacionales dictadas contra Puigdemont y los ex consejeros Comín y Puig.

En vigor de la reforma

La decisión del magistrado Llarena tiene lugar después de que este mismo jueves entrara en vigor la reforma del Código Penal por la que se deroga el delito de sedición.

Ante dicha derogación, por el que estaban procesados Puigdemont, Comín, Ponsatí y Rovira, el instructor entiende qué los hechos de la causa relacionados con el mismo son subsumibles ahora en un delito de desobediencia, ya que considera que no encajan en el delito de desórdenes públicos, ni en su nueva formulación ni en la vigente en el momento de los hechos.

Así las cosas, el juez afirma que no debe modificarse sino mantenerse el procesamiento de Puigdemont, Comín y Puig por un delito de malversación de caudales públicos, al considerar que la reforma de dicho delito no afecta a los hechos investigados en el sentido de eliminar o minorar la pena prevista en la tipificación que hoy se deroga.

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