En contra del criterio de Fiscalía

El juez de Neurona amplía las pesquisas al Proyecto Impulsa de Podemos

Cánovas plantó una posible administración desleal o apropiación indebida del dinero del Proyecto Impulsa porque ella aportó 5.500 euros entre el 6 de junio de 2016 y el 7 de febrero de 2017.

Monedero
El juez de Neurona amplía las pesquisas al Proyecto Impulsa de Podemos
EFE

El juez del caso Neurona, que investiga la gestión de Podemos, ha decidido ampliar las pesquisas al destino que dio el partido a las donaciones realizadas al Proyecto Impulsa durante 2016, al sospechar que las donaciones efectuadas por una exsenadora del partido no tuvieron "la finalidad altruista" que debían. El titular del Juzgado de Instrucción número 42, Juan José Escalonilla, amplía así la investigación al partido morado en contra del criterio de la Fiscalía, que recientemente se opuso a estas diligencias al entender que no hay delito y que el procedimiento no se puede convertir "en una constante auditoría de las cuentas de Podemos".

El juez Escalonilla expande la investigación en un auto fechado el 7 de julio, al que ha tenido acceso Efe, en el que avala la petición hecha por la exsenadora de Podemos Celia Cánovas, que es acusación particular en la causa y que quiere que se amplíe la investigación al Proyecto Impulsa. Cánovas plantó una posible administración desleal o apropiación indebida del dinero del Proyecto Impulsa porque ella aportó 5.500 euros entre el 6 de junio de 2016 y el 7 de febrero de 2017 y ese dinero se usó para “gastos desplazamiento” por un importe de 15.000 euros, "no pareciendo por tanto que dichos gastos respondan a fin altruista alguno", según recuerda el auto.

El magistrado entiende ahora que hay "indicios racionales expositivos de que las donaciones efectuadas por Celia Cánovas Essard al Proyecto Impulsa en el año 2016 no parece que fueran finalmente utilizadas para la finalidad altruista a las que iban destinadas", de modo que "procede ampliar el objeto de la presente causa a la investigación del destino que el partido político Podemos dio a las donaciones realizadas a dicho Proyecto" ese año.

También requiere a Podemos que presente en diez días la documentación acreditativa del dinero recaudado tanto de los cargos públicos como de otros donantes para el Proyecto Impulsa -en el que se recogían donativos para apoyar proyectos sociales- en el ejercicio 2016, así como la documentación expositiva del destino dado a dicho dinero recaudado para dicho proyecto.

También pide que al partido morado que identifique a la persona o personas encargadas de gestionar esos fondos en 2016 y que detalle el presupuesto relativo al Proyecto Impulsa en el cuarto trimestre del ejercicio de ese año. El juez rechaza sin embargo practicar las diligencias de investigación interesadas recientemente por la exsenadora de Podemos Celia Cánovas sobre la Caja de Solidaridad y la Asociación #404 Comunicación Popular.

En este sentido el magistrado detalla que la finalidad altruista del Proyecto Impulsa "no supone en modo alguno que tuviera relación con la Caja de Solidaridad" y subraya que "no es objeto de la presente causa realizar una investigación de todas las disposiciones efectuadas por la Caja de Solidaridad (...), lo que convertiría el presente procedimiento en una investigación prospectiva". Recuerda el juez que esta parte del procedimiento se ciñe a la presunta administración desleal del Fondo de Solidaridad por el acuerdo de donación de 50.000 euros a favor de la asociación 404 Comunicación Popular.

Y es precisamente este motivo el que vuelve a esgrimir en otro auto anterior, fechado el pasado 25 de junio y al que ha tenido acceso Efe, en el rechaza la petición de Cánovas para investigar una cuenta de Podemos en Triodos Bank al considerar que esas diligencias tendrían "naturaleza prospectiva". Podemos se opuso a la ampliación de la investigación al Proyecto Impulsa al considerar "evidente" que el motivo de Celia Cánovas era "ampliar el objeto de su acusación y el de su intervención en el proceso como respuesta al auto del ilustrísimo magistrado instructor en el que concretó los términos de su posición procesal", cuando hay hechos objetivos que avalen un presunto delito.

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