363.000 euros abonados a la consultora 

El juez de Neurona pide interrogar a dos trabajadores en México como testigos

La Audiencia Provincial de Madrid estima un recurso y ordena al magistrado practicar la testifical que había denegado. La operación se da en el marco de la investigación sobre la financiación de UP en 2019.

Podemos
El juez de Neurona pide interrogar a dos trabajadores en México como testigos.
Europa Press

El titular del Juzgado de Instrucción Número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, deberá librar una comisión rogatoria a México para interrogar en calidad de testigos a dos trabajadores de la consultora Neurona en el marco de la investigación sobre los trabajos realizados a Podemos para la campaña de las elecciones generales de abril de 2019. Así lo ha acordado la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid en un auto de 11 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press. Los magistrados han estimado el recurso interpuesto por la defensa del administrador de Neurona en España -al que se adhirió Podemos- y el de la acusación popular ejercida por Vox y han ordenado al juez instructor que practique la testifical que había denegado.

Aunque en un primer momento, el pasado diciembre, el juez dio el visto bueno a la petición de Vox de llamar a declarar a los dos trabajadores, en junio concluyó -al igual que la Fiscalía- que no hacía falta librar la comisión rogatoria a México al considerar que lo que podrían decir esos dos testigos ya ha quedado acreditado por las personas que han declarado en Madrid. Ahora, tras la resolución de la Audiencia Provincial, deberá emitir un nuevo auto en el que pida auxilio a las autoridades judiciales mexicanas para celebrar el interrogatorio a los dos trabajadores de la consultora y preguntarles por el contrato acordado con la formación 'morada'.

En concreto, el juez tendrá que llamar a declarar a Germán Cobos Pío, el presunto nexo entre Podemos y Neurona, según el administrador de Neurona en España; y a Waldemar Aguado Butanda, quien en marzo de 2019 recibió la primera copia del contrato que se investiga y estuvo a cargo de realizar 48 diseños gráficos para la campaña.

Declaraciones "necesarias"

Los magistrados de la Sección 30 han considerado que las testificales son "necesarias" una vez que el juez instructor no ha concretado aún los indicios para mantener imputado al administrador de Neurona en España, Elías Castejón. Según han precisado, "resulta procedente practicar las mismas con el fin de no causar indefensión". El administrador reiteró en su recurso la necesidad de tomar declaración a ambos testigos para esclarecer y despejar todas las dudas sobre su labor en Neurona y su relación a los hechos investigados. Además, insistió en que la decisión de librar o no la comisión rogatoria "no puede depender del tiempo de su tramitación" porque ello afecta su derecho.

Asimismo, en el marco de su resolución, los magistrados de la Audiencia de Madrid han coincidido con el argumento expuesto por Vox en su recurso de apelación al considerar que las declaraciones de Cobos y Aguado son "una pieza clave en la presente instrucción".

Posible prórroga de la investigación

La decisión de la Audiencia de Madrid de librar una comisión rogatoria -trámite que suele ser lento- podría traducirse en una nueva prórroga de la investigación, que tiene plazo previsto hasta enero después de que el pasado julio se acordara una ampliación de seis meses a la espera de informes. El administrador de Neurona, sin embargo, defendió en su recurso que la propia causa se está alargando por las diligencias de investigación que están pendientes de practicarse y por los múltiples recursos interpuestos por las partes.

Hace una semana, se dio a conocer la decisión del juez Escalonilla de encargar un informe pericial sobre el precio de los servicios prestados por Neurona a Podemos para determinar si los 363.000 euros que abonó el partido a la consultora se corresponden con los trabajos realizados. El magistrado instructor ha centrado sus pesquisas en el contrato que, según sospecha, sería un "contrato simulado" al considerar que "no obedeció a prestación de servicio alguno" y que tenía como finalidad "desviar el dinero pagado" a la sociedad mexicana Creative Advice Interactive.

Mostrar comentarios