La juez ordena el ingreso en prisión de Oriol Pujol por el caso de las ITV

  • Rechaza el recurso del exdiputado de CiU que pedía conmutar la pena de cárcel por servicios en beneficio de la comunidad. 
Oriol Pujol Y Su Abogado Xavier Melero
Oriol Pujol Y Su Abogado Xavier Melero
Europa Press

El exdiputado de CiU Oriol Pujol cumplirá la condena de dos años y medio en prisión por el cobro de comisiones ilegales en el caso ITV. La Audiencia de Barcelona ha ordenado este miércoles su ingreso en prisión después de haya rechazado el recurso que presentó su defensa y que pedía computar la pena por trabajos sociales en beneficio de la comunidad. Si bien esta resolución se puede recurrir, lo que dejaría en suspenso su entrada en la cárcel hasta que fuese firme.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la magistrada de la sección 20 de la Audiencia, encargada de resolver la ejecución de condena a Oriol Pujol, ha desestimado su petición de conmutar por trabajos en beneficio a la comunidad la pena de cárcel que le fue impuesta por usar su influencia política para favorecer a empresarios afines y cobrar comisiones ilegales en el caso de las ITV.

En el auto la magistrada requiere a Pujol que en el plazo de diez días ingrese voluntariamente en un centro penitenciario, advirtiéndole de que si no lo hace se acordará su detención, si bien sobre esta resolución cabe recurso de súplica, que suspendería el ingreso efectivo hasta la firmeza de la resolución.

El abogado de Pujol argumentó que el exdiputado catalán ya había reconocido los hechos y reparado el daño y que sería ejemplar que una persona que ha tenido una trayectoria pública por sus responsabilidades políticas pase por un "largo periodo" de trabajos sociales para cumplir condena. Sin embargo, la Fiscalía Anticorrupción se oponía a este recurso alegando razones de prevención general ante un caso de corrupción, en el que la cárcel tiene un componente intimidatorio y de ejemplaridad. 

Además, Pujol alegó que su ingreso en prisión perjudicaría gravemente su entorno familiar, tiene a tres hijos a su cargo, y su arraigo laboral y social, en plena recomposición ya que había conseguido "esforzadamente" rehacer su vida laboral, y que estaba trabajando como voluntario en entidades sociales. En la vista, según detalla la Audiencia, Pujol reconoció su error, recordó que había colaborado con la justicia, y explicó que ha notado "el desprecio y la decepción de mucha gente", además de resaltar su vocación política y cómo se había truncado su proyecto vital y está estigmatizado socialmente.

Hechos muy graves

La Audiencia ha rechazado la petición argumentando que Pujol cometió hechos "muy graves" porque en lugar de prestar el servicio a la sociedad inherente a sus cargos políticos, fue presidente del grupo parlamentario de CiU, secretario general adjunto y secretario general de CDC, se aprovechó en beneficio propio. 

"No actuó en interés del pueblo al que representaba (era diputado) sino en el suyo propio", y no fue de forma aislada sino que actuó desde su privilegiada posición política y actividad pública hasta el 2010 a 2012, percibiendo comisiones dinerarias a través de empresas regentadas por su esposa, afirma la Audiencia. El tribunal asevera que su actuación "ha supuesto un ataque muy importante" al Estado de derecho, pues a su entender afecta a su propia esencia y provoca desconfianza en la ciudadanía hacia sus representantes

Insiste en que no hay ningún elemento que aconseje suspender la pena y atender a la petición de Oriol Pujol ya que, con su ingreso en prisión para cumplir su condena, "se restablece la confianza del ciudadano en la norma jurídica, lo que no se lograría en caso contrario, por cuanto ante la suspensión de las penas de prisión impuestas por la comisión de tan graves hechos se vería desprotegido por el ordenamiento jurídico".

Así, se alinea con la tesis de la Fiscalía, que se había opuesto a la suspensión al tratarse de una condena por delitos relacionados con la corrupción política, "por la necesidad de mantener la confianza de la población en el derecho".

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