Juez otorga pensión invalidez a una mujer al contar su cotización en 3 países

  • Un juez de lo social de Barcelona ha reconocido el derecho de una enfermera que sufre esclerosis a cobrar una pensión de invalidez, al contabilizar su cotización en España, Suiza y Uruguay.

Barcelona, 25 jun.- Un juez de lo social de Barcelona ha reconocido el derecho de una enfermera que sufre esclerosis a cobrar una pensión de invalidez, al contabilizar su cotización en España, Suiza y Uruguay.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado de lo social número 9 de Barcelona reconoce a la enfermera, asistida por el gabinete técnico jurídico de CCOO de Cataluña, su derecho a cobrar una pensión de invalidez debido a su situación de incapacidad permanente absoluta, al estar afectada desde 2007 por esclerosis múltiple.

La enfermera, que no estaba dada de alta en la Seguridad Social cuando presentó su reclamación, tenía que acreditar, según la ley, 15 años (5.475 días) de cotización para optar a la pensión de invalidez.

Aunque en España sólo acreditaba 1.143 días, el juez ha contabilizado también los que cotizó en Suiza -3.408 días- y República de Uruguay -1.061 días-, alegando que España está obligada por los convenios internacionales a contabilizar todos los periodos acreditados en distintos países, aunque los instrumentos de derecho internacional sean diferentes en cada caso.

En cambio, el juez desestima la petición de la trabajadora, que reclamaba su incapacidad permanente en grado de gran invalidez y le concede una situación de incapacidad permanente absoluta para toda actividad.

La sentencia subraya que la mujer está incapacitada de forma "irreversible y definitiva" para desarrollar cualquier tipo de actividad laboral con mínima eficacia y rentabilidad económica, aunque remarca que se puede valer por si misma sin precisar el concurso de una tercera persona para actos vitales de la vida diaria.

Por este motivo, reconoce su derecho a percibir una pensión correspondiente al 20,36 % de la base reguladora de 152,53 euros y obliga a la Seguridad Social a pagarle la prestación con los mínimos, las mejoras y las revalorizaciones legalmente procedentes.

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