24 horas después de interrogarle

El juez libra de Púnica al empresario que Bárcenas ligó al PP por falta de pruebas

​Anticorrupción y el magistrado cuestionan el testimonio de Bárcenas acerca de que entregó 60.000 euros para Aguirre y avisan que, de ser verdad, serían hechos prescritos.

Luis Bárcenas
El empresario apuntó que nunca estuvo en Génova y que no entregó ese dinero al PP. 
Agencia EFE

Apenas 24 horas después de que Luis Gálvez declarase en la Audiencia Nacional como supuesto donante de la caja 'B' el magistrado ha decidido levantar su imputación. El instructor del caso Púnica, Manuel García Castellón, ha archivado su causa a petición expresa de la Fiscalía Anticorrupción que avisa que "no existe prueba o indicio alguno que haga pensar" que entregó 60.000 euros a Álvaro Lapuerta y Luis Bárcenas, más allá del testimonio de este último. De este modo ponen en solfa las duras acusaciones del extesorero del PP y advierten que, incluso de ser ciertas, los hechos estarían prescritos. 

El magistrado advierte que se han producido "dos versiones radicalmente distintas de los hechos" puesto que mientras Bárcenas le atribuyó esta donación opaca, el que fuera dueño de Ploder negó ayer todos los hechos e incluso dijo que nunca estuvo físicamente en la sede de Génova.  "La llamada al proceso del Sr. Gálvez se basaba, en esencia, en las manifestaciones del testigo Sr. Bárcenas, quien involucró a este en los hechos, sin más sustento indiciario que su mera referencia", matiza el juez en el auto al que ha tenido acceso este diario. Cabe recordar que la citación del extesorero se produjo después de que éste presentara un escrito en la Fiscalía Anticorrupción ofreciéndose a colaborar con la Justicia en las causas por la caja 'B' del PP y en la Púnica.

La cláusula del 1%

En este contexto se le llamó a declarar y dijo que el exdueño de Ploder entregó 60.000 euros para la campaña electoral de 2007 de Esperanza Aguirre con el objetivo de adjudicarse a cambio obra pública en la Comunidad de Madrid. El magistrado acordó su imputación, tal y como adelantó este diario, y le citó para este jueves en aras a que respondiera por estas graves acusaciones. El empresario, por su parte, ratificó la declaración prestada en la Audiencia Nacional en 2014 negando los hechos y asegurando que no conocía a ninguno de los extesoreros. En consecuencia, la Fiscalía Anticorrupción ha movido ficha y ha pedido el archivo para el constructor recordando que "le asiste el derecho a la presunción de inocencia". 

No puede mantenerse la investigación del Sr. Gálvez en un momento procesal en el que es exigible un especial rigor.

En su escrito responde a estas intenciones de Bárcenas de colaborar con la Justicia apuntando que "no existe prueba o indicio alguno que haga pensar que tal entrega existió". Además incluso alegan que el testimonio de Gálvez fue "verosímil" en lo que a la cláusula del 1% respecta. El entonces dueño de Ploder, que integró la UTE que gestionó la constructor del hospital Infanta Leonor de Vallecas, fue preguntado específicamente acerca de si pagó un porcentaje extra en las licitaciones de las obras de Madrid y éste respondió que la cláusula del 1% en publicidad constaba en el pliego de adjudicación. De manera, dijo, que las sociedades adjudicatarias no seleccionaban ni a la empresa ni los actos.  

Hechos prescritos

"Tal hecho se ve corroborado por otras diligencias sumariales, y, como se ha dicho, ampara el que su declaración resulte más verosímil que la del que le atribuyo el pago irregular", responde la Fiscalía en alusión velada a Bárcenas. En su auto, el magistrado explica que, incluso de ser ciertas las acusaciones que vertió Bárcenas, se tratarían de hechos prescritos porque el delito de financiación ilegal de los partidos políticos se introducen en el Código Penal en 2015, es decir, ocho años después del episodio relatado por el exgerente popular. "Así pues, ¿De qué delito se estaría acusando al Sr. Gálvez?", se pregunta el juez que razona que tanto si fuera constitutivo de tráfico de influencias como de cohecho, estarían ya prescritos. 

"En este caso no consta en absoluto que el Sr. Bárcenas hubiera señalado que la entrega fuera para la comisión de un acto constitutivo de delito ni que se hubiera traducido la donación en la realización de actuación alguna por el receptor", razona el instructor del caso Púnica el cual sentencia que los hechos, en todo caso, podrían enmarcarse en el delito de cohecho, castigado con pena de multa de 3 a 6 meses. A todo ello el juez no pasa por alto que esta pieza del caso Púnica, relativa a la supuesta caja B del PP madrileño, está muy cerca de su conclusión tras más de 6 años de instrucción y, al respecto, indica que se está en un momento procesal en el que "es exigible un especial rigor en el control". Con todo, todavía tiene pendiente pronunciarse por el careo que solicitó Francisco Granados contra Bárcenas tras negar estas acusaciones. Aguirre, por su parte, respondió a su excompañero de filas anunciando una querella criminal contra él. 

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