El juez del Popular refuta al Santander y le mantiene imputado por ser heredero

  • El instructor dice que no comparte "en absoluto" que con la resolución del Popular ya no se puedan exigir responsabilidades penales a la entidad.
Banco Popular
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EFE

El Banco Santander no ha conseguido, de momento, sortear su imputación en la causa que sigue la Audiencia Nacional por la debacle del Banco Popular. El magistrado que instruye esta causa, José Luis Teixeira, deniega su pretensión en un auto en el que le recuerda "lo evidente", según lo califica, y es que la transformación o fusión de una persona física no extingue su responsabilidad penal sino que ésta se traslada a la entidad que absorbe, la cual en este caso es la que preside Ana Botín.

De esta manera el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 explica en su escrito que el Santander no puede apelar a la 'muerte' del Popular, como expuso el banco en el recurso presentado al juzgado y al que tuvo acceso este diario. "Se dice que la resolución del antiguo Banco Popular se equipara a su disolución material (...). El instructor no comparte en absoluto dicha interpretación", precisa el juez que aclara, no obstante, que todavía es pronto para analizar la "posible responsabilidad" que pueda tener el Santander en los hechos y que será el devenir de la instrucción el que dé respuesta a esta cuestión.

El magistrado explica igualmente que este precepto penal no requiere de una "actuación maliciosa" de las entidades sino que se trata de una situación que se da porque en realidad la persona jurídica en cuestión, es decir, el Banco Popular, no se ha extinguido sino que se ha transformado. De ahí que el instructor considere que debe seguir en calidad de imputado en esta causa en la que se investigan dos extremos: presuntas irregularidades en la ampliación de capital de 2.505 millones de euros y una presunta manipulación de mercado al difundirse desde la entidad noticias falsas antes de su venta al Santander por un euro.

La imputación del Santander en el procedimiento el pasado mes de enero fue una de las primeras decisiones que acordó el magistrado instructor tras aterrizar al frente de la misma y lo hizo, según expuso entonces, "por la sucesión procesal por absorción" al entender que con la compra de la entidad, el Santander había adquirido "en bloque y a título universal todos los elementos patrimoniales" integrantes del Popular. La respuesta del banco fue declinar este razonamiento alegando que, antes de que se produjera la fusión por absorción, la entidad fue disuelta por decisión, además, de los poderes públicos.

En su escrito, la entidad explicó que una vez vendido el Popular éste "muta" en un ente nuevo con "nuevo capital y nueva administración", y por tanto, se crea una nueva realidad jurídica; sin embargo el juez, con la postura favorable de la Fiscalía Anticorrupción, refuta de nuevo esta teoría asegurando que en el caso de las personas jurídicas se adopta un criterio "completamente distinto" que en el caso de las personas físicas en donde "la muerte del reo" extingue íntegramente la responsabilidad penal que pueda tener. 

Cabe recordar que el magistrado está a la espera de que los expertos del Banco de España aporten a la causa las conclusiones del peritaje encargado y en base al cual procederá a interrogar a los investigados en la causa, tales como los expresidentes Ángel Ron y Emilio Saracho, quienes todavía no se han pronunciado en sede judicial por estos hechos. Con todo, Teixeira sigue sumando documentación al procedimiento como la aportada recientemente por la CNMV relacionada con las sanciones que abrió a la entonces cúpula del Popular por información falsa sobre las cuentas de 2016.

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