La revisión del veredicto sobre El Chicle reactiva las dudas del juicio por jurado

  • Muchos profesionales jurídicos no se fían de este tipo de procesos, sobre todo cuando se convierten en fenómenos mediáticos.
Miembros de la prensa toman fotos del acusado por el presunto asesinato de Diana Quer, José Enrique Abuín Gey, alias el Chicle
Miembros de la prensa toman fotos del acusado por el presunto asesinato de Diana Quer, José Enrique Abuín Gey, alias el Chicle
Álvaro Ballesteros - Europa Press

El caso de Diana Quer va a engrosar la lista de esos juicios con jurado en los que el magistrado presidente devuelve el veredicto por entender que han incurrido en algún defecto de forma, porque no se ha fundamentado bien la calificación de los hechos o por existir contradicciones en las conclusiones presentadas. Hace apenas veinte días que ocurría lo mismo en el llamado juicio de la CAM (asesinato de la mujer del expresidente de la entidad), donde el primer veredicto se rechazó cuando todo el mundo daba al yerno de la víctima por culpable, y tres días más tarde se le declaraba inocente tras la revisión ordenada por el juez por los errores encontrados en la valoración de los hechos. Aún pide la Fiscalía la primera de las actas con el veredicto inicial, que ahora nadie encuentra.

Nos podemos remontar al caso de Rocío Wanninkhof, en el que un jurado declaró culpable a Dolores Vázquez y estuvo 17 meses en la cárcel hasta que se demostró lo contrario; o más cerca, al juicio por el asesinato de la expresidenta de la Diputación de León, en el que el veredicto del jurado declaró hechos probados para tres culpables de asesinato, y la presidenta del Tribunal lo tuvo que revisar y reducir a dos. Son casos mediáticos cuyas irregularidades salen a la luz en los informativos, pero que en opinión de los grandes defensores de este tipo de juicios no indican que haya un mal funcionamiento de la institución, sino una revisión lógica de cuestiones que deben ser subsanadas.

Frente a esa visión en positivo de los cientos de juicios con jurado que se han celebrado en España en las últimas dos décadas, hay quien asegura que no es normal que en uno de cada cinco casos haya que recurrir al Supremo para resolver los posibles fallos que comentan los once componentes no profesionales de un jurado, por más asesorados que estén al respecto por el presidente del tribunal de que se trate. Las críticas vienen más desde el lado de los profesionales de la abogacía que a veces llegan a la conclusión de que “es mejor que te juzgue un juez cuando seas inocente, y que lo haga un jurado si eres culpable”.

Preguntas cerradas a la especulación

El jurado debe contestar a la batería de preguntas que le hace el magistrado presidente, después de haberlas revisado con las acusaciones y las defensas, en las que se le pide que den por probados (o no) una serie de hechos enjuiciables y declaren la culpabilidad o inocencia del acusado por su participación en esos hechos. Pero por fácil que eso parezca, desde el punto de vista jurídico no lo es, sobre todo porque depende en gran medida de que las preguntas se hagan de una forma abierta o sin dar opción a la especulación. Como ha ocurrido en alguno de los casos revisados, no se puede basar un veredicto en “corazonadas” o, al menos, el juez no puede permitir que eso ocurra. “Pero de ahí a que alguien sea culpable un día e inocente tres días después, hay un trecho que demuestra que no todo funciona bien”, advierte un experto penalista que lidia cada día con este tipo de juicios.

Una de las críticas que más se lanzan contra los juicios con jurado es el supuestamente “excesivo” poder que ostenta el presidente del tribunal, que además de marcar las preguntas y los hechos a enjuiciar -incluso con otros más allá de lo que recibe del juez de instrucción-, luego se encarga de dirigir el debate del juicio oral, donde puede hacer hincapié en las claves del caso que considere oportunas, instruir al jurado sobre estos aspectos y hasta “completar y ampliar el razonamiento del jurado”, por entender que no tiene los suficientes conocimientos jurídicos para fundamentar su veredicto.

Desde el ámbito judicial también se pone en duda en este tipo de juicios la preparación y la disposición de la gente a participar en un jurado, algo que en mucha ocasiones les ocasiona una serie de molestias difíciles de compensar. Para los más académicos de la judicatura, la dificultad estriba en separar la parte más técnica de un juicio, que es cosa de profesionales, del análisis esencial de la culpabilidad, que no siempre atiende a razones objetivas y puede estar influido por muchas cuestiones externas cuando quien lo hace no tiene la suficiente preparación o, simplemente, no le apetece hacerlo. “Si encima se trata de juicios mediáticos, que salen todos los días en el telediario, entrar a la sala de un jurado sin prejuicios es prácticamente imposible”, advierte un magistrado.

Aunque exista la percepción generalizada de que el juicio por jurado es un avance, quienes ya en 1995 se opusieron a ello, que suelen coincidir con la parte más liberal de la política y la judicatura, advierten que “se trata de algo demasiado dogmático, aprobado por un gobierno del PSOE y en lo hay que creer, o no”.

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