Por la caída de Abengoa

La Justicia tumba la millonaria demanda de Benjumea contra Santander y HSBC

Da la razón a los bancos que cortaron el crédito para la ampliación de capital porque los hechos están prescritos. Benjumea les reclamaba 1.000 millones.

El expresidente de Abengoa, Felipe de Benjumea
Benjumea ya les achacó la caída de Abengoa en el juicio que acogió la Audiencia Nacional.
MOEH ATITAR

La Justicia ha dado la razón a Banco Santander y HSBC en su periplo judicial contra Felipe Benjumea. El que fuera presidente de Abengoa les demandó con 1.000 millones de euros por negarse a financiar la ampliación de capital acordada en 2015. El empresario sevillano les responsabilizó de la caída de la empresa, que ha terminado por acogerse al concurso de acreedores, si bien ahora el juzgado ha dado la razón a las dos entidades demandadas al considerar que, aunque dejaron a la compañía en un punto de no retorno, los hechos juzgados están prescritos.

Así consta en la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 43 a la que ha tenido acceso La Información. El fallo se conoce apenas días después de que el juicio, cuya celebración se retrasó en varias ocasiones, quedara visto para sentencia. El litigio arrancó a finales de 2018 cuando la sociedad familiar de Benjumea, Inversión Corporativa (IC), junto con Finarpisa y Ardachón iniciaron acciones legales contra el banco que preside Ana Botín y HSBC por retirar un crédito de 625 millones de euros para la ampliación de 2015. Las demandas se presentaron junto con un peritaje elaborado por las firmas Brattle y Accuracy que cifraron en 1.000 millones de euros el daño causado por la retirada de la operación. 

Las entidades, por su parte, respondieron que la situación de Abengoa en 2015 no era la que describió su antiguo presidente sino que había sufrido una fuerte crisis antes y había llegado a perder el 30% de la cotización en un día. En contra de lo que sostiene Benjumea -y que ya expuso en el juicio de la Audiencia Nacional- los bancos apuntaron que no se asumió compromiso alguno de asegurar la operación ni de firmar la carta. El expresidente de Abengoa explicó en la vista por las indemnizaciones millonarias y de la que fue absuelto que si se le cesó en el Consejo de Administración en septiembre de 2015 fue porque así lo exigieron los dos bancos que iban a suscribir la operación. La versión fue corroborada por Josep Borrell, el cual declaró en el juicio como testigo por su condición de consejero de la multinacional.  

Cuestión de plazos

Ahora el fallo concluye que "no existió relación contractual alguna" entre las sociedades de Benjumea y los bancos, por lo que el plazo de prescripción de este asunto -ocurrido en 2015- sería de un año. Al respecto, la defensa de Benjumea recordó que este intervalo de tiempo se interrumpió con motivo del juicio que acogió la Audiencia Nacional contra Benjumea y otros exaltos cargos de Abengoa. La magistrada Carmen Iglesias le recuerda que, efectivamente, la Ley permite dejar en 'stand by' la vía civil al menos hasta que haya sentencia firme del procedimiento penal. Ahora bien, esta excepción no se aplica cuando el demandante conoce las claves del asunto desde el mismo momento en que interpone la querella, supuesto que concurre en este caso concreto. 

Tampoco se da la circunstancia de que Benjumea tuviera que esperar al desenlace del juicio de la Audiencia Nacional para interponer su demanda ya que lo allí ocurriera no tenía repercusión directa en este asunto. La vista oral se ciñó a si se había cometido delito o no con el cobro de una indemnización superior a los 11 millones de euros a su salida de la compañía familiar, por lo que aquellos hechos poco influyen en si los bancos fueron o no responsables del colapso de Abengoa. La sentencia, que no es firme y se puede recurrir en un plazo de 20 días ante la Audiencia Provincial de Madrid, no entra a valorar pues el fondo del asunto ya que determina que no se dan los supuestos para considerar que el procedimiento penal afectó en la vía civil de forma alguna. "Habida cuenta la fecha de la primera reclamación extrajudicial, marzo de 2018, resulta que las acciones ejercitadas habían prescrito", indica el fallo. 

A diferencia de lo ocurrido ahora, la Audiencia Nacional sí dedicó parte de su fallo en analizar este capítulo clave en la historia de la sevillana. El tribunal que les enjuició -integrado por los mismos magistrados que absolvieron a la excúpula de Bankia- concluyó que la salida de Benjumea del Consejo fue una "imposición" que HSBC al principio desconocía pero que luego consintió de manera plena. Este movimiento impidió que se cerrara el acuerdo de aseguramiento de la ampliación ya que los representantes de esta entidad suiza respondieron que este cambio tan radical conllevaba que necesitaran más margen de tiempo para estudiar la nueva situación. "El señor Benjumea no solo no quería irse sino que nadie en el Consejo quería que se fuera. Consideraban que era una situación impuesta, de coacción, no deseada por ninguno pero que no les dejaban otra opción", expuso el fallo de 2018.  

"La realidad es que sabían que tenían que cesar a Benjumea. No les quedaba otra posición como Consejo. Pensaban que tenía que salir porque pensaban que los bancos iban a cumplir". 

Ahora la nueva sentencia se conoce en un momento especialmente delicado para la compañía sevillana ya que este mismo lunes se acogió de manera voluntaria al concurso de acreedores tras fracasar su último intento de rescate financiero. A ello hay que sumar que la causa por la que se juzgó a Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega sigue su curso en la Audiencia Nacional. El magistrado Ismael Moreno le dio un impulso a la pieza principal tras imputar a la propia compañía y a Deloitte. Las acusaciones achacan la deriva de la multinacional a los antiguos responsables y les culpan de maquillar los estados financieros entre 2014 y 2016. Además el juez ha cursado comisión rogatoria a México para que aporte el contrato clave de Abengoa con Pemex en relación a la planta de cogeneración eficiente A3T ante las sospechas de que se habría manipulado para alterar al alza en un 14,7% su margen de beneficio.

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