La Justicia libra de cuatro años de cárcel a un ladrón por negarle una prueba de ADN

  • Los magistrados consideran probado que asaltó a un hombre en su casa y le agredió pero le reconocen su derecho a que se practique la pericial.
Tribunal Supremo de España
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EP - Archivo

Asaltó una casa, agredió a su inquilino, le robó y, aunque fue condenado a cuatro años y medio de cárcel por ello, ahora el Tribunal Supremo anula esa resolución y obliga a que se juzguen de nuevo estos hechos puesto que, aunque quedaron probados, al ladrón en cuestión se le negó la práctica de una prueba de ADN sobre su saliva. Se trata de una diligencia que para el alto tribunal debería haberse practicado por considerarse crucial y que se le negó sin motivo fundamentado.

Los magistrados de la Sala de lo Penal explican en su sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, que la defensa tiene derecho a proponer los medios de prueba que considere necesarios y que, en este caso concreto, servirían para intentar demostrar que él no fue el autor de los hechos que se le atribuyen y que se remontan a enero de 2017. De acuerdo con el relato, el ladrón -que cuenta con un largo historial de antecedentes penales- entró en la madrugada del día 23 en el domicilio de un habitante de Fuengirola (Málaga) y le sustrajo cerca de 2.000 euros además de un teléfono móvil, su cartera y varios documentos.

Cuando intentaba escapar del lugar fue sorprendido por el inquilino al que le golpeó varias veces con un macetero en la cabeza. El acusado logró darse a la fuga pese a que el dueño de la casa le persiguió por la calle aunque finalmente tuvo que ser atendido al presentar hematomas en la cara y en las rodillas. Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Málaga condenó al ladrón en cuestión por delito de robo con violencia a la pena de cuatro años y medio de prisión, multa de 450 euros y a una indemnización de 3.300 euros euros a la víctima. 

La sentencia fue recurrida primero ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que la denegó, y en última instancia ante el Tribunal Supremo, que ahora sí da la razón al condenado porque no se le permitió la práctica de una prueba pericial clave. Se trata del estudio de la saliva que quedó en la linterna que el caco portaba en la boca mientras cometía el robo y que se le cayó en su intento de huida, quedándose ésta en la terraza de la casa que asaltó. La petición se formuló en el escrito de defensa que se presentó en la Audiencia de Málaga antes de la celebración del juicio, sin embargo, se le denegó.

Durante la vista oral, se preguntó por este asunto concreto a un agente el cual explicó que se intervino la linterna en cuestión y pasó a manos de la policía científica sin que se sepa qué pasó después con ella. Al respecto, los magistrados de la Sala de lo Penal que firman la sentencia -entre ellos el instructor del procés, Pablo LLarena- explican que es "indudable" que el autor de los hechos entró por la terraza en esta vivienda ayudándose de una linterna y que ésta la portaba en la boca de la misma forma que tampoco cabe duda de que se le cayó y fue recogida por los agentes. 

Tiene derecho a que se le vuelva a juzgar

Teniendo en cuenta que esos extremos quedan acreditados, la defensa tenía derecho a que se atendiera a su petición puesto que del resultado de la prueba del ADN se podría aclarar si, efectivamente, el autor era la persona condena por los mismos. Sea como fuere, el Tribunal Supremo razona que, aunque hubiera sido más adecuado que esta pericial se solicitara en la fase de instrucción, tenía derecho a que se acometiera esta diligencia e incluso a llamar a declarar a los peritos al juicio oral que terminó condenándole a cuatro años y medio de prisión. 

Y esta garantía es mayor en este juicio teniendo en cuenta que la única prueba de cargo en su contra es el testimonio del agredido, el cual explicó que no pudo verle la cara al asaltante en el momento de los hechos y que lo reconoció ya en la calle, donde vio que vestía una sudadera y capucha y que, además, escapó cojeando debido a la caída. Al respecto, los magistrados explican que, sin dudar de la trascendencia de esta declaración, la prueba es clave. Por ese motivo ordenan tumbar la condena vigente, reclaman a la Policía que requisó la linterna que emita un dictamen sobre las huellas genéticas y que se le juzgue de nuevo en el mismo tribunal pero por parte de distintos magistrados a los que le condenaron en mayo de 2018.

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