Real Decreto de medidas urgentes

Justicia amplía la moratoria para solicitar concurso de acreedores hasta final de año

  • Aumenta el plazo previsto inicialmente para dar margen a las empresas afectadas por la crisis a reestructurar su deuda y compensar pérdidas. 
juan carlos campo
juan carlos campo
EP

El Ministerio de Justicia pretende ampliar el plazo para solicitar concurso de acreedores hasta finales de año. El departamento que dirige Juan Carlos Campo ha incluido en su plan de medidas urgentes que lleva mañana al Consejo de Ministros la posibilidad de que la moratoria, que actualmente prevalece únicamente mientras dure el estado de alarma, se amplíe hasta diciembre. El objetivo es dar más margen a las empresas para recuperarse de los efectos de la crisis por el coronavirus y evitar el temido colapso en los juzgados en materia mercantil toda vez se reanude la actividad judicial. 

Este es uno de los 28 artículos que incluye el último borrador del Real Decreto Ley sobre medidas urgentes, al que ha tenido acceso este diario, y con el que no solo se da más aire a las empresas que estén al borde de solicitar concurso de acreedores sino que también se facilita que no se compute el resultado de este ejercicio a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas. Esta nueva propuesta conlleva la derogación del artículo 43 del Real Decreto de medidas urgentes extraordinarias del pasado 17 de marzo que establecía la suspensión para solicitar el concurso de acreedores únicamente durante la vigencia del estado de alarma. 

Consciente de que el grueso de nuevos litigios se va a concentrar en el orden Social y Contencioso, el Ministerio de Justicia establece también unas nuevas normas de agilización dentro del proceso concursal como la confesión de insolvencia o dar prioridad a todos los trámites relacionados con la protección de los derechos de los trabajadores. De acuerdo con el borrador que lleva Campo mañana al Consejo de Ministros, los asuntos que primero se van a tramitar en los juzgados de España van a ser los recursos que se interpongan contra las resoluciones del Ejecutivo por las que se deniegan ayudas y medidas para paliar los efectos de la crisis y los procesos relativos a despidos o extinción de contratos por causas objetivas. En el orden social los procedimientos para la impugnación de los ERTE serán igualmente prioritarios.

El Ministerio da un año de plazo a contar desde la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo para que el deudor solicite la liquidación en masa activa ante la imposibilidad de cumplir con los pagos comprometidos. Incluso aunque se acredite que hay base para declarar concurso de acreedores, el juez no dictará auto abriendo la fase de liquidación al menos hasta finales de año. Además, hasta el 31 de diciembre de este año, el mediador concursal que haya sido designado para intervenir en un acuerdo extrajudicial de pagos deberá aceptar el nombramiento ya que, si declina por causas sin justificación, no podrá ser designado ni mediador ni administrador concursal por un plazo de tres años.

Medidas consensuadas con las CCAA

El borrador de medidas procesales y organizativas se estructura en tres capítulos de carácter procesal, concursal y organizativo. Entre este último bloque el Ministerio incluye una serie de pautas para impulsar la vía telemática en el orden judicial y evitar un atasco que los juzgados de todo el país venían sufriendo antes de la crisis. Por ese motivo y mientras tenga vigencia este Real Decreto, se permitirá celebrar juicios con presencia telemática de los intervinientes para minimizar el riesgo de contagio de la Covid-19, a excepción de todos aquellos procedimientos por delitos de graves en los que la presencia del acusado resulte necesaria. 

En lo que respecta a los plazos procesales, Justicia opta por reiniciar el cómputo de los mismos y poner el marcador a cero. Esto quiere decir que no se tendrá en cuenta el tiempo que había transcurrido previamente a la declaración del estado de alarma. Además, se amplía también el margen para presentar recursos contra sentencias que hayan sido notificadas desde el pasado 14 de marzo. Tal es así que, para evitar saturación de la plataforma de notificaciones telemáticas Lexnet, el CGPJ ya permitió que las partes pudieran presentar escritos en sus respectivas causas. 

Según informan fuentes del departamento que dirige Campo, las comunidades autónomas han participado en la elaboración del borrador que previsiblemente verá la luz este martes. De hecho, y pese a que el presidente del PP, Pablo Casado, ha anunciado esta mañana que no respaldarán estas nuevas medidas del Gobierno, desde el Ministerio apuntan que el consejero de Justicia de Madrid, Enrique López, ha participado en su elaboración incluyendo la propuesta de declarar hábil el mes de agosto (del día 11 al 31). Este ha sido uno de los puntos que más polémica ha generado en la Administración desde antes incluso que el CGPJ incluyera esta posibilidad en su plan de choque. 

'Los juzgados Covid-19'

En lo que respecta a la jornada laboral del personal de la Administración, el Ministerio acuerda habilitar jornadas también de tarde para todos los órganos jurisdiccionales hasta tres meses después de que se levante el estado de alarma. Además, como ya ocurriera con la especialización de los juzgados en materia de cláusulas suelo o de violencia sobre la mujer, se propone que los que están pendiente de entrar en funcionamiento acojan exclusivamente asuntos relacionados con el coronavirus. 

Otro de los temas que más presencia va a tener en los juzgados va a ser el relativo a las custodias de menores de padres separados. El Ministerio habilita para que se tramite por procedimiento especial todos los relativos al régimen de visitas que se hayan visto alterados como consecuencias de las medidas adoptadas en la crisis por la pandemia así como la revisión de pensiones económicas entre cónyuges y medidas definitivas sobre cargas del matrimonio.

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