Plan de choque del CGPJ

Los juzgados tramitarán por urgencia las causas por despido hasta finales del 2020

  • La Comisión Permanente reúne en un documento base un centenar de medidas para evitar el colapso de la Justicia tras el fin del estado de alarma.
Vocales CGPJ
Vocales CGPJ
EUROPA PRESS - Archivo

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reunido en un documento base su primer centenar de medidas para evitar el colapso de la Justicia cuando el Gobierno levante el estado de alarma. Entre la batería de propuestas que remitirá al Ministerio que dirige Juan Carlos Campo se encuentran las destinadas a aliviar todos los expedientes que se van a acumular en los juzgados de lo Social para tramitar procesos por despido o extinciones de contrato. Es por ello que el órgano de gobierno de jueces ha acordado que se mantenga el carácter urgente de estos procedimientos hasta el 31 de diciembre de este año. 

De este modo, el CGPJ sugiere introducir en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) el carácter urgente en este tipo de procesos y, de no avanzar esta propuesta, propone que alternativamente se establezca una disposición de carácter transitorio que estipule la urgencia de estos asuntos no solo durante el estado de alarma sino hasta final de año. Consciente de que los últimos decretos aprobados por el Gobierno en materia laboral van a tener su derivada judicial, el CGPJ apuesta además porque se potencie ahora más que nunca la mediación y los actos de conciliación.

Las reformas que propone en este sentido pasan por ampliar los plazos de caducidad en la conciliación y también que estos actos de mediación y juicio no se celebren en la misma convocatoria, como se viene realizando hasta la fecha, sino que se lleven a cabo en dos señalamientos diferentes para agilizar la resolución de los procesos. En materia de ERTEs se sugiere que las impugnaciones se realicen conforme a la modalidad procesal de conflictos colectivos. La finalidad en este caso es contribuir a que la controversia se resuelva en un único pleito. También se apuesta porque las sentencias que resuelvan impugnaciones de ERTEs no sean susceptibles de recurso (ni de súplica, ni de casación).

Proponen habilitar el mes de agosto

El plan -que se dará a conocer a los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, asociaciones judiciales y a operadores jurídicos- incluye modificaciones en todos los órdenes jurisdiccionales. Las conclusiones iniciales, plasmadas por los grupos de trabajo constituidos el pasado 2 de abril, pretenden evitar el previsible colapso que podría producirse cuando se retome la actividad judicial teniendo en cuenta que se espera un ingreso masivo y en muy poco tiempo de un número elevado de asuntos. Por eso recomiendan, a nivel general, que se refuercen los órganos más sobrecargados y que se establezcan normas de reparto en el orden civil excediendo el ámbito territorial del partido judicial (como ya ocurre en lo Contencioso y lo Social). También sugieren que la habilitación plena de agosto, hasta la fecha mes inhábil en la Administración de Justicia. 

El órgano que preside Carlos Lesmes vaticina que la jurisdicción civil, ya muy sobrecargada de por sí, va a ser una de las más afectadas como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno para hacer frente a la emergencia sanitaria. Por ello se proponen medidas destinadas a agilizar las notificaciones y además una regulación específica de la condena del pago de costas procesales, lo que haría reducir significativamente el número de litigios "sin fundamento".  Para evitar la saturación de procesos, se estudia también elevar a 15.000 euros la cuantía de las demandas y dictar sentencias orales. 

Régimen de visitas

Otro de los puntos calientes cuando se levante el estado de alarma va a estar en los juzgados de familia. Para sortear la saturación que pueda darse de demandas por incumplimiento del régimen de visitas de los progenitores durante el estado de alarma, el CGPJ apuesta por poner en marcha los juzgados previstos para junio de 2020 y establecer un trámite de incidente de ejecución rápido para aquellas resoluciones relativas a las peticiones de compensación tras verse modificado el régimen de visitas. Mientras que también en el orden civil pero en materia mercantil se apuesta por apartar las reclamaciones en masa que no sean prioritarias agilizando, por contra, el trámite de los procedimientos concursales.

Aunque el orden penal sea de los que menos sufra las consecuencias de la crisis por el coronavirus, el CGPJ apuesta porque se resuelva de un solo trámite el "excesivo número de recursos" frente a resoluciones o que se puedan dictar sentencias oralmente. Finalmente, en el orden contencioso van a tener especial incidencia infracciones de las medidas de confinamiento (en materia sancionadora) o la suspensión de contratos del sector público en materia contractual. Las medidas también alcanzan el ámbito de los procedimientos tributarios, teniendo en cuenta que en muchos de ellos se acumulan importes que no pueden seguir paralizados ante los tribunales debido a la coyuntura económica que se avecina. 

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