La Abogacía explora un régimen especial para Junqueras sin anular la sentencia

  • Se puede plantear un estatuto personal del reo que le permita dejar la prisión cuando tenga que acudir al Parlamento Europeo.
Saludo entre Pedro Sánchez y Oriol Junqueras
Saludo entre Pedro Sánchez y Oriol Junqueras

La Abogacía General del Estado se ha convertido en el centro de todas las miradas, pendientes de lo que va a recomendar y el supuesto 'gesto' que puede hacer sobre la inmunidad de Oriol Junqueras como parlamentario europeo reconocida por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), una vez que ya ha sido condenado a 13 años por sedición en España. La Abogacía busca un camino intermedio entre pedir la revisión y nulidad de la sentencia (cosa improbable cuando era parte de la acusación) o limitarse a recomendar que salga a recoger su acta de diputado sin más, aunque eso suponga optar por la ‘cuadratura del círculo’ en términos estrictamente jurídicos y resulte al final una propuesta distinta sin un soporte legal básico o, cuando menos, de dudosa legalidad. 

Desde un punto de vista puramente técnico, la resolución de este dilema no tendría demasiado recorrido para los abogados del Estado, curtidos en el ámbito procesal penal y que “lo podrían resolver en medio folio”, aseguran fuentes cercanas al cuerpo, sobre todo a la vista de que ya en junio admitieron que Junqueras saliera de la cárcel para recoger su acta de diputado en Madrid. Pero si se quiere rizar el rizo y recomendar al Supremo alguna opción intermedia, la cosa se complica. Aún así, el compromiso es relativo, dado que la decisión final es del Alto Tribunal, al que solo le queda que recoger las alegaciones de la Abogacía para pronunciarse sobre la situación en la que queda el líder de ERC tras la sentencia europea.

Una vez descartado que la Abogacía recomiende una revisión de la sentencia con el objetivo de anularla y que Junqueras salga libre -algo que en círculos jurídicos se consideraría como un escándalo-, fuentes jurídicas conocedoras de esta situación advierten que lo que cabe ahora a los letrados del Estado es apelar al ‘estatuto personal del reo’, una figura que permite establecer un régimen especial para algunos presos dada su condición profesional o personal. Es decir, que la solución de difícil ortodoxia legal que se puede plantear la Abogacía pasaría por ratificar la sentencia en la que fueron parte acusadora (por sedición) y, al mismo tiempo, pedir al Supremo que estudie la implantación de un régimen especial para Oriol Junqueras que, entre otras cosas, le permitiría salir de la cárcel para ejercer como eurodiputado cuando así lo exigiera su actividad profesional.

Se busca solución novedosa

Esa opción intermedia cumpliría con todos los condicionantes que se le están planteando a la Abogacía y serían una reacción novedosa ante una sentencia del TJUE que nadie esperaba, dado que hasta ahora, la práctica totalidad de los pronunciamientos sobre inmunidad de un reo (que se presentó a las elecciones una vez que había terminado la instrucción del caso y estaba abierto juicio oral), daban todo el margen de maniobra al derecho interno para que ordenase la situación como su propia normativa establece.

Frente a ello, el Supremo español se ha visto contrariado en un tema que, a pesar de ser estrictamente jurídico, toca de lleno la política dado que los negociadores de ERC para un pacto de Gobierno con el PSOE han puesto sobre la mesa el estatus de su presidente encarcelado o, al menos, que haya “un gesto” del Gobierno al respecto, expresado a través de la Abogacía del Estado tras la sentencia europea.

Las fuentes jurídicas consultadas entienden que, dentro de esa situación personal del delincuente también se engloban los beneficios penitenciarios y los permisos para salir de la cárcel, si bien descartan que eso sea una opción para la Abogacía, dado que es algo que no depende de ellos ni del Supremo, sino de la Generalitat en estos momentos. Varios expertos en derecho penal aseguran que "sería la primera vez" que la Abogacía entra en temas de grados o beneficios penitenciarios en sus alegaciones a un proceso como este. El Alto Tribunal, por su parte, solo analizaría cuestiones de este tipo a posteriori y en caso de que haya una reclamación al respecto, por el hecho de ser el tribunal sentenciador.

El Gobierno espera un trabajo bien hecho

Esa complicación técnica en encontrar una opción que vaya más allá de la mera recomendación de que se respete la inmunidad es lo que ha prolongado hasta ahora los trabajos de la Abogacía del Estado, que tienen de plazo hasta el día 2 de enero para entregar sus alegaciones al Tribunal Supremo. La propia ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, ha reconocido este viernes que se trata de una cuestión muy delicada en este momento para la que hay que tomarse el tiempo que sea necesario, en contra de las prisas que el propio presidente en funciones había presentado hasta ahora, con la intención de tener un pacto de Gobierno con Unidas Podemos y con ERC antes de que acabe el año.

Si la Abogacía agota el plazo y su postura es del agrado de ERC, el acuerdo se podrá alcanzar y la maquinaria para la investidura se pondría en marcha a partir de la primera semana de enero. Otra cuestión distinta es que el Tribunal Supremo tenga elaborada su decisión final sobre Junqueras con la rapidez con la que ha iniciado los trámites tras la sentencia. Fuentes del entorno de ese organismo advierten que, aunque los plazos serán menores de los habituales, el Supremo no prevé tener una decisión final sobre la situación del presidente de ERC encarcelado antes de esa segunda semana, con lo que su postura puede incluso coincidir con alguno de los plenos de investidura o el proceso de formación de Gobierno.

Desde el punto de vista puramente político, es la versión de la Abogacía del Estado lo que preocupa a los independentistas catalanes, por más que el Supremo ratifique después su fallo, rechace la inmunidad por tratarse de una sentencia firme y deje a Junqueras en la cárcel, aunque haya salido previamente a acreditarse como eurodiputado, como prescribe el TJUE. En ese caso, fuentes judiciales advierten que la propia sentencia del tribunal de Luxemburgo deja una puerta abierta al Supremo español, pues, a pesar de reconocer la inmunidad a Junqueras, su propio texto señala que la postura final que adopte el Alto Tribunal español debe regirse por el ordenamiento jurídico interno del país. Y la normativa es clara: no hay inmunidad cuando ya se ha dictado una sentencia firme. Ni siquiera sería necesario el suplicatorio al Parlamento Europeo si está acabada la instrucción y celebrado el juicio. Y eso también lo sabe la Abogacía. 

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