La audiencia aprueba la extradición a colombia de un director porno por un video con menores


La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha aprobado la extradición a Colombia del director de cine porno Pablo Lapiedra para que responda ante la justicia del país sudamericano por la presunta utilización de menores de edad en unas películas que vendía a través de sus páginas de Internet.

Lapiedra fue detenido el pasado 17 de marzo en Barcelona en cumplimiento de la orden internacional de detención dictada en su contra en noviembre de 2010 por un juzgado de Medellín (Colombia) por un delito de inducción a la prostitución y pornografía de menores de edad.
El arrestado ingresó al día siguiente en prisión preventiva. El juez Pablo Ruz, a quien correspondió la causa por encontrarse de guardia, le dejó en libertad el pasado 2 de septiembre bajo fianza de 100.000 euros.
Los hechos tuvieron lugar en Medellín entre diciembre de 2007 y enero de 2008. Las autoridades colombianas acusan a Lapiedra de “haber pagado” a una chica de 16 años de edad “para que participara en películas pornográficas con otros mayores de edad”. El informe de las autoridades judiciales señala además que se facilitó a la chica “una cédula de identidad falsa” y que en la película también participaron “otras niñas menores de edad no identificadas”.
Varias fotografías y vídeos del rodaje fueron colgadas en Internet y a ellas accedieron los compañeros del centro educativo en el que estudiaba la menor.
REQUISITOS PARA LA EXTRADICIÓN
Lapiedra, de nacionalidad española, se declaró inocente y se negó a ser extraditado a Colombia tanto en su comparecencia ante el juez como durante la vista de extradición celebrada el 6 de septiembre por la Audiencia Nacional.
Los magistrados de la Sección Tercera de lo Penal, presididos por Alfonso Guevara, han decidido extraditarlo al concluir que se cumple el requisito de doble incriminación, es decir, que el delito perseguido en Colombia también se encuentra tipificado en el Código Penal español.
“No se advierte motivación espuria en la reclamación, los hechos no han prescrito ni concurren circunstancias que determinen extinción de responsabilidad”, señala el auto hecho público hoy por la Audiencia Nacional.
Los magistrados destacan además que la jurisdicción de Colombia en el caso “no puede ser discutida, no sólo en base al principio de territorialidad, sino además por la nacionalidad colombiana de los perjudicados”.
El tribunal también subraya que en esta causa “concurre un elemento de extraordinaria importancia, y es la menor edad de las víctimas del delito”.
Para que la extradición de Lapiedra a Colombia sea efectiva debe contar con el visto bueno del Gobierno, quien debe ratificar la decisión a través del Consejo de Ministros.

Mostrar comentarios