Deberá indemnizar a 13 entidades

La Audiencia condena a 8 años de cárcel al presidente de Ausbanc por extorsión

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condena también al secretario general de Manos Limpias a cuatro años de cárcel. Les absuelven de la mayoría de delitos por los que fueron juzgados.

Luis Pineda juicio Ausbanc
Luis Pineda juicio Ausbanc
EP

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a ocho años de cárcel al presidente de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), Luis Pineda, y a cuatro años al secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernad, por extorsionar a entidades bancarias y empresas para que les pagasen a cambio de evitar acciones judiciales o campañas de descrédito en su contra. Se trata de una pena muy inferior a la solicitada por la Fiscalía, que para el primero interesó una condena de más de 118 años de prisión, y para el segundo una pena de más de 24 años de cárcel, ya que han resultado absuelto de la mayoría de los delitos por los que fueron juzgados.

El juicio celebrado en la Audiencia Nacional durante más de un año quedó visto para sentencia el pasado 11 de mayo. Además de Pineda y Bernad, se sentaron en el banquillo la abogada Virgina López Negrete y los directivos de Ausbanc Alfonso Solé Gil, María Teresa Cuadrado, María Isabel Medrano, Rosa Aparicio y Luis María Jordana, que han sido absuelto de los todos los delitos de los que estaban acusados, esto es, organización criminal, extorsión, denuncia falsa, amenazas, estafa, blanqueo de capitales y administración desleal. No ha ocurrido lo mismo con el adjunto a la Presidencia de Ausbanc Ángel Garay, quien ha sido condenado a un año de cárcel, y con la directora del departamento jurídico, María Mateos, penada a seis meses de prisión, ambos como cómplices de extorsión.

En concreto, los magistrados imponen a Pineda una pena de cinco años de prisión por un delito continuado de extorsión y otros tres años por estafa, mientras que a Bernad le condenan a tres años por un delito de extorsión en grado de cooperación necesaria y otro año por el mismo delito en grado de tentativa. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, el presidente de Ausbanc deberá indemnizar con 6,9 millones de euros a un total de 13 entidades (BBVA, Unicaja, Caixabank, Liberbank, Nissan Ibérica, Barclays, Caja Castilla la Mancha, Europistas, Cajasur, Cajavital, Bankia, Caja Rural del Sur, Banca March).

Los hechos probados de la sentencia, de 195 páginas, explica que con el fin de obtener "sumas dinerarias en el afán de lucro que movía a Pineda", su organización (creada en 1986) presentaba demandas y a la vez propiciaba acuerdos para la solución extrajudicial de estos conflictos, unos jurídicos relacionados con el objeto de la demanda y otros económicos. Para el tribunal, el ejercicio de la acción colectiva por parte de Ausbanc era un "mero instrumento" para que las entidades accediesen a las pretensiones económicas formuladas a través de convenios publicitarios u otras fórmulas.

En el caso de que las entidades no se avinieran a los requerimientos económicos efectuados generalmente por Pineda, ya fuera porque el acuerdo publicitario supusiera un desembolso desmedido o porque el jurídico era inasumible, podrían ser objeto de una "repercusión negativa reputacional", bien a través de publicaciones de noticias que no respondían a la realidad o por bien por la “difusión hiperbólica de un aislado acontecimiento en la entidad en cuestión, incluso con la escenificación de manifestaciones a la puerta de la sede de la sede bancaria". A todo ello se sumaban campañas de ataque a la marca o a sus directivos que se iban modulando en función de si estos finalmente se rendían a las pretensiones económicas de Ausbanc, suscribiendo los convenios o retomando los que se habían dado por concluidos.

Alianza para obtener "copiosas sumas de dinero"

La relación entre Luis Pineda y Miguel Bernad se inició a finales de 2012 y duró hasta 2016, cuando se cortó con motivo del procedimiento judicial que ahora se enjuicia. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Teresa Palacios, indica que Pineda, que habitualmente actuaba en el orden civil contra las entidades bancarias, se percató de que otra manera de obtener "copiosas sumas de dinero" era a través de los procesos penales. Fue en ese momento cuando estableció una colaboración con Manos Limpias, que se dio a conocer por su personación como acusación popular en distintos procedimientos con gran repercusión mediática, como el caso Nóos, en el que acusó a la Infanta Cristina, o el caso Volkswagen.

Así, según la resolución, Bernad, en nombre de Manos Limpias, articulaba denuncias y en la sombra, Luis Pineda, le daba las directrices sobre el devenir de aquellas con el fin de mantener los acuerdos publicitarios o para que sus víctimas comprobasen su capacidad de actuación a fin de amilanarlos, tantos a las personas físicas como a miembros de corporaciones.

Tras explicar el 'modus operandi', la Sala examina la treintena de actuaciones que los acusados realizaron con el fin de obtener un beneficio de las distintas entidades con las que se pusieron en contacto, aunque solo unas cuantas lograron los objetivos marcados. Así los magistrados destacan que la mayoría de las actuaciones fueron contra entidades bancarias del país y grandes empresas como Gas Natural Fenosa, Nissan, Volkswagen o Europistas. 

También destacan otras llevadas a cabo en procedimientos judiciales como el caso Nóos, sobre el que se detienen al considerar probado que en octubre de 2015, Miguel Bernad se reunió con el entonces director general de la Fundación La Caixa y actual consejero Economía de la Generalitat de Cataluña, Jaume Giró, con motivo de la retirada de la acusación de Manos Limpias a la Infanta Cristina a cambio de dos millones de euros.  Posteriormente, Pineda se reunió con el directivo del Banco Sabadell Gonzalo Baretino y le hizo llegar la posibilidad de retirar la acusación contra la Infanta a cambio de tres millones de euros. Tras declinar la oferta, este directivo denunció los hechos ante la Policía. No obstante, el tribunal considera que estos acontecimiento no se desenvolvieron en un "clima de presión", por lo que no responsabiliza de ningún delito a Pineda y Bernad, así como a la abogada de Manos Limpias Virginia López Negrete por este episodio concreto.

Descarta el delito de estafa y organización criminal

La Sala descarta la mayor parte de las acusaciones de estafa y rechaza también la existencia de una organización criminal, si bien si considera que las actuaciones de los presidentes de Ausbanc y Manos Limpias encajan en un delito de extorsión. La sentencia explica que los condenados buscaban la "vulnerabilidad" de las entidades financieras y mercantiles a través del "valioso activo que representa el riesgo reputacional”, pues se vieron abocadas a sufragar servicios publicitarios que no requerían con el fin de evitar las consecuencias, incluso económicas, que podían tener para ellas una sentencia adversa. 

De hecho, el tribunal fija para Pineda la mayor pena posible por el delito de extorsión -cinco años de cárcel- por su actuación prolongada en el tiempo en la que se valió, para su interés lucrativo, de un asociación sin ánimo de lucro, cuyo objeto era la defensa y protección de los consumidores. La sentencia concluye que el presidente de Ausbanc "transmutó en arma arrojadiza" las acciones en pro de los consumidores para "presionar a las entidades que demandaba".

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