La audiencia nacional avala las grabaciones que destaparon el ‘caso gürtel’


La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha avalado la legalidad de las grabaciones que destaparon la trama de corrupción del ‘caso Gürtel’ y ha rechazado decretar la nulidad de la causa sobre la red dirigida por el empresario Francisco Correa, en el marco de la cual el extesorero del PP Luis Bárcenas ingresó este jueves en prisión.


La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha avalado en concreto las grabaciones realizadas por el exconcejal del PP en Majadahonda (Madrid) José Luis Peñas a Correa y a otros presuntos cabecillas de la trama.
El auto dictado hoy señala que en esta grabaciones “no ha mediado el engaño ni la presión ni se han extraído datos que afecten a la zona mas intrínseca de la personalidad”.
La petición de nulidad fue presentada en un principio por el propio Correa, pero a ella se adhirieron multitud de imputados, como Luis Bárcenas, Pablo Crespo, Alfonso Bosch o Alberto López Viejo. Se opusieron a la misma la Fiscalía y el resto de acusación.
Peñas, entonces concejal del PP en Majadahonda, grabó a escondidas durante meses, entre los años 2006 y 2007, las conversaciones de Correa y de otros presuntos cabecillas de la trama de corrupción, en las que se daban detalles de las operaciones de la red. El antiguo edil llevó estas grabaciones primero a la policía y posteriormente a la Fiscalía Anticorrupción, lo que a la postre dio lugar a la apertura, en febrero de 2009, de la investigación del ‘caso Gürtel’ por parte del juez Baltasar Garzón.
El tribunal, presidido por la magistrada Ángela Murillo, ha rechazado los recursos interpuestos por los imputados. El juez Ruz ya rechazó a finales de mayo decretar la nulidad de las grabaciones.
CÁMARA OCULTA
Los magistrados de la Sección Cuarta entienden que las grabaciones realizadas por Peñas “no se pueden equiparar a la técnica periodística de ‘cámara oculta’”. La defensa de Correa alegó que se debía aplicar una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declaraba ilegales las cámaras ocultas que utilizaban algunos programas de televisión.
“La grabación por uno de los interlocutores de la conversación no conculca derecho constitucional”, señala la resolución dictada hoy.
El tribunal, tras acudir a la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional en esta materia, concluye que “no hay contravención alguna al secreto de las comunicaciones”.
Los jueces recuerdan que el secreto no puede referirse a hechos como el presente “en que un ciudadano obtiene una fuente de prueba respecto de un delito basado en la conversación que mantiene con el presente autor”.
El auto destaca además que Peñas cumplió con su deber de denunciar los delitos y señala que las grabaciones fueron el “medio de prueba” para acreditar los hechos.

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