Por el conflicto bélico

La Audiencia rechaza el asilo a una familia ucraniana pero le da protección

La Sala de lo Contencioso-Administrativo anula parte de la decisión del Ministerio del Interior, que denegó estas medidas en julio de 2020, al entender que la situación actual de Ucrania no garantiza su seguridad.

Audiencia Nacional
Audiencia Nacional
ÓSCAR CAÑAS - EUROPA PRESS

La Audiencia Nacional ha denegado el asilo a una familia ucraniana, pero le ha concedido la protección subsidiaria, al entender que, en las circunstancias actuales, Ucrania no puede garantizar su seguridad, al existir riesgo de que sufran daños graves. La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo coincide con las primeras horas de la invasión rusa en dicho país, si bien esta petición en concreto se realizó en 2018 en relación con el conflicto bélico que ya se vivía en la zona de Donetsk y Lugansk. Aún así, los magistrados han tenido en cuenta la situación actual a la hora de tomar su decisión.

La Sección Quinta ha estimado parcialmente el recurso que presentaron un matrimonio y sus dos hijos contra las resoluciones del Ministerio del Interior, que en julio de 2020 rechazó conceder el derecho de asilo y la protección subsidiaria. El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska alegó que en sus solicitudes no había quedado establecida la existencia de persecución, ni de una problemática susceptible de protección conforme a lo prevenido en la Convención de Ginebra de 1951. 

En este sentido, señaló que los cuatro miembros de la familia solicitantes de esta medida no residían en ninguna de las regiones concretas en las que en dichas fechas se situaba el epicentro del conflicto, por lo que consideró que "su regreso a su país de origen no supone un riesgo real de sufrir amenazas graves contra su vida o su integridad motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno". Una visión muy distinta a la que ofreció la defensa de los recurrentes, en cuya demanda subrayó que vivían en una ciudad fronteriza con Crimea -donde el conflicto entre el ejército ucraniano y los separatistas prorruso estalló en abril de 2014- y muy cerca de Lugansk y Donetsk , lo que "hace que resulte evidente que se encontraban en una zona muy peligrosa".

La situación es "muy diferente"

Tras analizar el asunto, los magistrados recuerdan su propia doctrina en la que han venido denegando reiteradas sentencias de asilo y protección subsidiaria (segundo nivel de protección internacional) a nacionales de Ucrania. No obstante, subrayan que las circunstancias han cambiado y la situación actual es "muy diferente". Así, acogiéndose a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exige la ponderación de la evolución de la situación, entiende que ahora sí se dan los elementos necesarios para la concesión del estatuto para la protección subsidiaria a la familia recurrente.

"A la fecha que se dicta la presente sentencia es notorio y suficientemente conocido que Ucrania se encuentra inmersa en un conflicto internacional incardinable en el artículo 10 c) de la Ley de Asilo, sin que la inestabilidad y volatidad de la situación permita considerar la posibilidad de reubicación interna en condiciones de seguridad y razonabilidad”, explica el tribunal. Así, la resolución concluye que en caso de que la familia solicitante de dicha medida vuelva a su país de origen “no estarán protegidos pues, en la fecha y circunstancias actuales, ha de estimarse que no se puede garantizar la protección en ninguna zona del país”.

Pese a que el tribunal deniega el derecho de asilo, sí considera pertinente otorgar protección, por lo que acuerda anular la parte de las resoluciones de Interior que denegaban esta medida. Para justificar esta decisión, explica que este estatuto es que se dispensa a las personas de otros países y a los apátridas que, "sin reunir los requisitos para obtener asilo o ser reconocidas como refugiadas", sí se dan motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen, o al de su anterior residencia habitual, se enfrentarían a un "riesgo real" de sufrir daño alguno.

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