La CNMC eleva a la justicia europea el acuerdo de la estiba de hace dos años

  • Con esta iniciativa, el 'superregulador' deja en suspenso el proceso sancionador que abrió sobre este acuerdo en noviembre de 2017. 
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Europa Press

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha elevado al Tribunal de Justicia de la UE una cuestión prejudicial en la que plantea si se ajustan a la norma comunitaria puntos del acuerdo que patronal y sindicatos de la estiba alcanzaron hace dos años para adecuar su convenio a la reestructuración del sector aprobada por el Gobierno.

Con esta iniciativa, el 'superregulador' deja en suspenso el proceso sancionador que abrió sobre este acuerdo en noviembre de 2017, unos meses después de su firma. Para la CNMC, el acuerdo que la patronal de empresas estibadoras Anesco y los sindicatos con representación en el sector "incluye una serie de obligaciones comerciales entre operadores que van más allá del ámbito de la negociación colectiva y del Real Decreto con el que el Ejecutivo reformó el sector".

De hecho, considera que estas obligaciones "pueden suponer una restricción al derecho de separación y libre competencia", según recordó en un comunicado.

Además, considera que el Reglamento aprobado recientemente para desarrollar de la reforma de la estiba "otorga de nuevo a los agentes sociales la posibilidad de acordar subrogaciones obligatorias por parte de las empresas de la estiba de los estibadores de las antiguas sociedades de gestión de trabajadores portuarios (Sagep),firmas que tenían en monopolio del sector y que se extinguieron con su reforma.

De esta forma, la CNMC plantea al Tribunal de la UE si este tipo de acuerdos, incluso en forma de convenios colectivos, que incluyen la subrogación de trabajadores se ajusta al Tratado de Funcionamiento de la UE y el papel de esta comisión en el caso de que resulte que están prohibidos.

La respuesta de la estiba 

Por su parte la patronal de empresas estibadoras Anesco considera que el acuerdo de subrogación es una "materia típicamente laboral", que cuenta con jurisprudencia y cobertura legal, y que "no está sujeta a legislación de competencia europea". En un comunicado, lamentó "que se vuelva a generar una incertidumbre" que "perjudica a la competitividad y la seguridad jurídica de la actividad" del sector, dedicado a la carga y descarga de buques en los puertos.

Asimismo, argumenta que la parte del acuerdo que empresas y sindicatos alcanzaron en julio de 2017 que incluye la subrogación de los estibadores "es materia típicamente laboral, como reiteradamente ha venido manifestando la jurisprudencia". "Por lo que no está sujeta a la legislación de competencia europea y nacional", tal como, según Anesco, "ha reconocido el propio tribunal de la UE", añade.

Garantizar el empleo 

Además, las empresas recuerdan que con el acuerdo se pretendía garantizar el empleo a los estibadores tras la reforma del sector aprobada por el Gobierno, dado que supuso la desaparición las sociedades de gestión de trabajadores portuarios (Sagep), de las que hasta entonces dependían los estibadores de los puertos.

De igual forma, indica que el Reglamento aprobado este año para desarrollar normativamente la reforma del sector de la estiba "confirmó y aclaró la cobertura legal, así como la naturaleza típicamente laboral de la subrogación".

Con todo, la patronal considera que la cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de la UE por la CNMC "es de dudosa admisibilidad", al considera que el 'superregulador' es un "órgano administrativo y no jurisdiccional". Por ello, las empresas estibadoras manifestaron su "confianza" en que el expediente "se resuelva satisfactoriamente" para el sector, "para que pueda continuar con su senda de crecimiento, estabilidad, competitividad y eficiencia".

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