La CorteIDH condena a El Salvador por desaparición forzada de cinco niños

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy un fallo en el que condena a El Salvador por la desaparición forzada de cinco niños entre 1980 y 1982 durante el conflicto armado interno que sufrió ese país.

San José, 27 nov.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy un fallo en el que condena a El Salvador por la desaparición forzada de cinco niños entre 1980 y 1982 durante el conflicto armado interno que sufrió ese país.

Los niños desaparecidos son José Adrián Rochac Hernández, Santos Ernesto Salinas, Manuel Antonio Bonilla Osorio, Ricardo Ayala Abarca y Emelinda Lorena Hernández.

En la sentencia, que fue publicada hoy en la página de la Corte tras notificar a las partes, los jueces determinaron que el Estado es responsable por la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento de la personalidad jurídica de los menores.

Además, violó los derechos a la vida familiar, de la protección a la familia, a la integridad personal, a las garantías judiciales y la protección judicial.

"Está demostrado que agentes estatales, específicamente miembros de la Fuerza Armada salvadoreña, sustrajeron a José Adrián Rochac Hernández, Santos Ernesto Salinas, Emelinda Lorena Hernández, Manuel Antonio Bonilla y Ricardo Abarca Ayala, a partir de los días 12 de diciembre de 1980, 25 de octubre de 1981, 12 de diciembre de 1981 y 22 de agosto de 1982, en el transcurso de operativos de contrainsurgencia durante el conflicto armado en El Salvador", indica el fallo.

Los jueces agregaron que "no se ha determinado hasta el momento el paradero o destino posterior" de los menores por lo que "la Corte considera que los mismos aún se encuentran sometidos a desaparición forzada".

La CorteIDH aseguró que las desapariciones "no constituyeron hechos aislados, sino que se insertan en el patrón sistemático estatal de desapariciones forzadas de niñas y niños que se verificó durante el conflicto armado en El Salvador".

La Corte informó en la sentencia de que acepta el reconocimiento de responsabilidad internacional del Estado efectuado durante la audiencia por este caso que se celebró en abril pasado en la sede de la CorteIDH en Costa Rica.

La CorteIDH ordenó a El Salvador "continuar eficazmente" las investigaciones abiertas y abrir las que sean necesarias con el fin de "identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a todos los responsables de las desapariciones forzadas".

Además, obliga al Estado a "efectuar a la mayor brevedad, una búsqueda seria" de los niños.

Los jueces también ordenaron adoptar medidas para garantizar a los operadores de justicia y a la sociedad salvadoreña "el acceso público, técnico y sistematizado a los archivos que contengan información útil y relevante para la investigación en causas seguidas por violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado".

Otras disposiciones de la Corte indican que el Estado debe construir un "jardín museo" para recordar a las niñas y los niños desaparecidos forzadamente durante el conflicto armado, realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad y brindar tratamiento médico y psicológico a sus familiares.

En cuanto a reparaciones, la Corte estableció que el Estado debe indemnizar por daño inmaterial a las cinco familias de los niños desaparecidos con distintos montos para cada una que sumados ascienden a 1.030.000 dólares.

Además de un total de 63.000 dólares para las familias por los gastos en las labores de búsqueda que han realizado y 180.000 dólares por el mismo motivo para la Asociación Pro Búsqueda de Niños y Niñas Desaparecidos.

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