La defensa de Bretón pide coraje al Supremo para no condenarle sin pruebas

  • La defensa de José Bretón, condenado a 40 años por el asesinato de sus dos hijos, ha solicitado hoy al Tribunal Supremo que tenga coraje para enfrentarse a las presiones de los medios de comunicación y acepte sus argumentos contra la sentencia del jurado, que le condenó sin pruebas.

Madrid, 8 jul.- La defensa de José Bretón, condenado a 40 años por el asesinato de sus dos hijos, ha solicitado hoy al Tribunal Supremo que tenga coraje para enfrentarse a las presiones de los medios de comunicación y acepte sus argumentos contra la sentencia del jurado, que le condenó sin pruebas.

El Tribunal Supremo ha celebrado hoy la vista para decidir sobre el recurso de José Bretón contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmaba la condena a 40 años impuesta a Bretón por la Audiencia de Córdoba por el asesinato de sus hijos, Ruth y José, de 6 y 2 años respectivamente, el 8 de octubre de 2011 en Córdoba.

Durante la vista la defensa ha cuestionado la cadena de custodia de los huesos de los niños que se constituyeron en la principal prueba contra Bretón, pero el fiscal ha respondido que doce peritos coincidieron en señalar sin dudas que los restos óseos recogidos en la finca de la familia del reo eran los mismos que luego fueron examinados.

La abogada ha comenzado su alegato con un intenso ruego al tribunal para que atienda solamente "al Derecho".

"Represento a un ciudadano español con todos sus derechos, sin nombre y apellidos. Y pido justicia sin presiones. No me cabe duda de que si deciden aceptar alguno de los motivos de mi recurso recibirán críticas desde los medios de comunicación. Hará falta coraje, pero se lo pido para no condenar a un español a cuarenta años de cárcel" sin pruebas y a causa de prejuicios, ha señalado la letrada Bárbara Royo.

"Se ha permitido que un ciudadano español fuera juzgado por un jurado contaminado, proveniente de Córdoba, donde todo el mundo le había condenado de antemano, vulnerando su derecho a un juez imparcial", porque tampoco lo fue el magistrado que presidió el tribunal, ha añadido.

"Aquí parece que todos son culpables menos el señor Bretón, que sí tiene nombre. Pero no es así", le ha respondido la acusación particular, ejercida por la abogada María del Reposo Carrero.

"Creíamos que era al acusado a quien se juzgaba pero parece que la defensa centra sus argumentos contra las fuerzas de seguridad y el fiscal. Vamos a fijar el foco donde procede, en alguien cuyo nombre sí es oportuno porque ha sido condenado por matar a sus hijos y quemarlos en una hoguera", ha dicho por su lado, a este respecto, el fiscal Fidel Cadenas.

"Los restos óseos no son una prueba legalmente obtenida respetando las previsiones de la ley, sino indebidamente introducida en el proceso", ha insistido la defensora de Bretón.

"La hoguera estuvo más de un día sin vigilar ni precintar, de modo que es imposible determinar si los huesos estaban allí desde un principio", ha destacado como ejemplo.

"¿Han sido introducidos en esa hoguera huesos de dos niños de dos y seis años para preconstituir una prueba? No, es absurdo pensarlo", ha respondido en ese sentido la acusación particular.

Por su lado, el fiscal ha señalado que "las mayores autoridades de la ciencia forense en este país, junto a la policía científica, afirman que los restos hallados en la hoguera son los mismos que luego fueron examinados".

"Para que no lo fueran alguien hubiera debido quemar niños e introducir luego sus huesos", lo que no tiene sentido, ha añadido el fiscal.

"Los jurados no se basaron en los medios de comunicación, la condena no ha sido la expresión de un prejuicio extraprocesal sino de un juicio con abundantes indicios", ha argumentado también el fiscal.

Para Cadenas, todo se resume en que Bretón tenía a los niños consigo cuando desaparecieron y en la finca de sus padres aparecieron huesos de dos niños de esas edades y quemados en esas fechas.

"No hay juicio paralelo, se han seguido las pruebas propuestas en el proceso, no se puede alegar de manera vaga la influencia de los medios de comunicación, hay que seguir el veredicto y atenerse a la sentencia", ha concluido el fiscal ante el Supremo.

Otro de los aspectos del asunto debatidos en la vista ha sido si existió o no ánimo de matar, pues la defensora señalaba que si no se puede afirmar cuál fue la causa de la muerte no es posible condenar por asesinato.

Cadenas ha preguntado al tribunal que "si se arroja a la hoguera a los niños cómo puede decirse que no hubo ánimo de matar: aunque no se conozca el motivo de la muerte, tanto si fue provocada por fármacos como por arrojar los cuerpos a la hoguera, el autor pretendía matar. Y a ello se añade la absoluta indefensión de los niños".

La sentencia que revisará ahora el Supremo consideró probado que el condenado concibió la idea de dar muerte a los niños como venganza contra su esposa. Para ejecutar dicho plan, decidió que el lugar más adecuado sería la finca de Las Quemadillas, propiedad de sus padres.

Con dicha finalidad, compró un ansiolítico y un antidepresivo que un médico psiquiatra le recetó y con los que, una vez llegado el momento, poder adormecer e incluso matar a sus hijos con toda facilidad, mientras que hizo acopio de leña en la parcela y adquirió un total de 271,11 litros de gasóleo en una gasolinera de Huelva.

Bretón preparó una especie de pira funeraria en la finca, donde colocó los cuerpos de sus hijos sin que pueda determinarse si ya estaban sin vida cuando los quemó.

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