La ex-alcaldesa de Tarazona, "satisfecha" por su absolución de las acusaciones de prevaricación

  • La ex alcaldesa de Tarazona (Zaragoza), Ana Cristina Vera, actualmente diputada por el PSOE en las Cortes de Aragón, dijo hoy estar "satisfecha" tras conocer la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que le absuelve por completo de las acusaciones de presunta comisión de sendos delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación que formularon el Ministerio Fiscal y la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Damnificados por la Adquisición de Vivienda (ADAVI) a raíz de la concesión de la licencia para ocupar viviendas en su mandato como primera edil turiasonense (2003-2007).

ZARAGOZA, 8 (EUROPA PRESS)

La ex alcaldesa de Tarazona (Zaragoza), Ana Cristina Vera, actualmente diputada por el PSOE en las Cortes de Aragón, dijo hoy estar "satisfecha" tras conocer la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que le absuelve por completo de las acusaciones de presunta comisión de sendos delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación que formularon el Ministerio Fiscal y la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Damnificados por la Adquisición de Vivienda (ADAVI) a raíz de la concesión de la licencia para ocupar viviendas en su mandato como primera edil turiasonense (2003-2007).

En declaraciones a los medios en las Cortes de Aragón, Vera remarcó que tuvo siempre "la conciencia muy tranquila", señaló que los tres años que ha durado el proceso judicial han sido "muy duros" tanto en lo personal como en lo político, tras lo que agradeció el apoyo permanente de sus compañeros de partido, el PSOE, y otras personas.

El TSJA hizo pública hoy la sentencia absolutoria acompañada por el voto particular del magistrado-juez Luis Fernández, quien entendió que Vera debía ser condenada por un delito continuado de prevaricación a 9 años, 3 meses y un día de inhabilitación especial para desempeñar cargo público, aunque la mayoría de la Sala acordó lo contrario y Vera fue absuelta de toda acusación. La sentencia es recurrible. El presidente de la Sala fue el presidente del TSJA, Fernando Zubiri, asistido por los también magistrados Luis Fernández y Carmen Samanes.

La sentencia niega que Vera cometiera los delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación, al entender que no tenía conocimiento del alcance legal de algunas de las decisiones que tomó a instancias de personal del Ayuntamiento. La Sala señala, en los hechos probados, que la Comisión municipal de Gobierno concedió licencias urbanísticas de edificación, el 29 de noviembre de 2000 y el 12 de noviembre de 2002, a Miguel Sánchez Ramos para construir las fases V y VI de la urbanización Torres del Moncayo, la primera de 19 viviendas adosadas y la segunda, de 22.

Las viviendas no eran VPO ni se beneficiaban de protección pública. De hecho en la fase V, el constructor solicitó que fueran VPO y después retiró esta solicitud, mientras que en el segundo caso no hizo mención alguna. En los dos casos eran promociones de vivienda libre. Así, a estas dos promociones se les debía aplicar la modificación realizada en 1994 por el Ayuntamiento, tras la aprobación de la misma por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio (CPOT), del Plan Parcial de 1990 que desarrollaba un sector reconocido en el PGOU de 1985.

Según esta normativa, las viviendas que se construyeron debían tener una superficie de parcela mínima de 225 metros cuadrados con una ocupación máxima del 22% y retranqueos. Sin embargo, y según la Memoria, la mayoría de las parcelas individuales de la Fase VI tenían una superficie inferior a 225 metros cuadrados y en el apartado de régimen urbanístico se hacía referencia a las condiciones urbanísticas como si se tratara de VPO en cuanto a parcela mínima (137 metros cuadrados) y ocupación máxima (45%).

Antes de conceder la segunda licencia, el 8 de noviembre de 2002, de la fase VI, uno de los arquitectos municipales, Mariano Trallero, hacía referencia a la extensión de la parcela y su porcentaje de ocupación máxima "como si se tratara de VPO", sin que lo fueran y, de hecho, "ni siquiera se había solicitado". El arquitecto que redactó el informe falleció el 16 de marzo de 2006.

El 9 de agosto de 2004, concluida la construcción de la fase VI de esta urbanización, la comunidad promotora solicitó la licencia de primera ocupación. Un arquitecto municipal distinto al anterior inspeccionó las viviendas y señaló que son las únicas del sector P-5 que no cumplen los criterios que permitan reconocerlas como VPO. El informe indica que todas las viviendas, salvo las indicadas, del sector P-5 cumplen los criterios de VPO, no sólo las que finalmente tienen esta calificación, sino también las viviendas libres, y emplaza a corregir los daños detectados y la "adecuación".

Antes de la emisión de este informe, el 10 de mayo de 2004, los propietarios de las fases III y IV presentaron un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento por la liquidación provisional de las cuotas de urbanización de la parcela P-5 por disconformidad con el criterio de reparto, que se hizo en función de un aprovechamiento urbanístico igual para todos, mientras que ellos entendían que se había incurrido en la ilegalidad de permitir la construcción como viviendas libres en las fases V y VI, con edificaciones mucho mayores que en las fases III y IV, con lo que se alteró el equilibrio inicial de la correspondiente derrama.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza emitió, el 7 de octubre de 2005, una sentencia en la que anulaba el cobro de esta liquidación provisional y ordenaba que se realizara una nueva liquidación en la que se tuviera en cuenta el aprovechamiento "real y efectivo" de cada parcela en relación al aprovechamiento total, por lo que la liquidación no podía contemplar un aprovechamiento igual para todos, como ocurría en el primer caso. La sentencia estimaba que se habían concedido licencias para la construcción de viviendas que no se ajustaban al Plan Parcial, lo que motivaba que se rompiera "el equilibrio en la distribución de argas". Esta sentencia fue recurrida por el Ayuntamiento.

Tras de esta sentencia, los propietarios que habían presentado el recurso contencioso-administrativo, se reunieron con la entonces alcaldesa en varias ocasiones para trasladarle su opinión según la cual las viviendas de la fase V y VI eran "ilegales" y la liquidación estaba mal confeccionada. A las reuniones asistió personal de la Dirección General de Vivienda de la DGA, ya que otro de los motivos por los que los demandantes se reunían con Vera era comunicarle sus quejas por los defectos que, según opinaban, tenían sus viviendas, que sí eran de VPO, lo que obligaba a actuar a la Administración.

Vivienda preguntó, en septiembre y noviembre de 2005, al Ayuntamiento si el Sector P-5 se vendió con el compromiso de que únicamente se levantara VPO y en ambas ocasiones el Consistorio no respondió al Ejecutivo autónomo. En noviembre de 2005, el Pleno municipal aprobó una propuesta por la que la Corporación pagaba el 54% del coste urbanizado del sector P-5. A continuación, en diciembre, se pidió la demolición de "todo lo construido de más" en las fases V y VI del Sector P-5 y la depuración de responsabilidades en que hubieran podido incurrir los arquitectos entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2005.

El 20 de febrero de 2006, el presidente ADAVI, Óscar Cascán, denunció a Vera por supuesta prevaricación, tras lo cual Vera solicitó un informe jurídico al abogado Fernando Sáenz de Buruaga, quien recomendó que, con motivo de la revisión del PGOU de Tarazona, que se estaba acometiendo, se incluyese la situación real del Sector P-5, lo que entendía que legalizaba la situación, al tiempo que aconsejaba que se corrigiera la derrama ocasionada por el coste de urbanización de todo el sector.

En 2007, la Sección I de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de TSJA resolvió el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia que ordenaba recalcular el coste de urbanización. Esta sentencia era favorable a las tesis del Consistorio al entender que las cuotas de urbanización giradas se ajustaban a lo determinado inicialmente y que la ilegalidad podría derivar, en todo caso, de la decisión posterior de construir "por encima de lo permitido", al tiempo que indicaba que el restablecimiento de la legalidad podría conllevar el derecho a exigir el pago de idénticas cuotas a todos los propietarios.

Mostrar comentarios