La Fiscalía podría pedir aplicar el delito de sedición en Cataluña

    • Se castiga por sedición a los que traten de impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyeso el cumplimiento o de las resoluciones administrativas o judiciales.
    • Si se juzgara a los responsables del Govern por este delito podrían ser condenados a una pena de prisión de diez a quince años.

Romeva dice que es una "posibilidad" desobedecer al TC si suspende la resolución de JxSí y la CUP
Romeva dice que es una "posibilidad" desobedecer al TC si suspende la resolución de JxSí y la CUP

El diputado de JxSí en el Parlament Raül Romeva ha dicho este viernes que es una "posibilidad" desobedecer al Tribunal Constitucional (TC) si eventualmente suspende la propuesta de resolución soberanista de JxSí y la CUP.

Para este político, la intención de los soberanistas es "obedecer el mandato democrático" de las elecciones del 27 de septiembre, que ven como un aval incuestionable a la independencia de Cataluña.

Romeva ha cargado contra la "instrumentalización constante" del Alto Tribunal que ha hecho del Gobierno central, y ha acusado al PP de ser el primero en desobedecer las sentencias del TC.

Ha asegurado que los funcionarios catalanes no tienen nada que temer aunque el Govern se plantee no respetar las decisiones del TC: "Es una resolución política, y los responsables de llevarla a cabo vamos a ser los responsables políticos".

Sin embargo, ¿cuáles serían las consecuencias de esta desobediencia?Hasta 15 años de cárcel por un delito de sedición

Una de las opciones que maneja la Fiscalía es imputar a los responsables un delito de sedición.

Tal y como recoge el artículo 544 del Código Penal, son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente paraimpedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyeso a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

En este sentido, el artículo siguiente afirma que los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, ycon la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad.En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.

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