La Fiscalía rechaza poner en libertad a los presos independentistas para la campaña

  • En su escrito recalca el riesgo de fuga de los políticos y advierte de la posibilidad de reincidir en los delitos por los que están siendo juzgados.
Los doce líderes independentistas acusados por el procés en el banquillo del Supremo
Los doce líderes independentistas acusados por el procés en el banquillo del Supremo
EFE

La Fiscalía se opone a la puesta en libertad de los cinco candidatos a las elecciones generales del 28A que están en prisión provisional, estos son el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Josep Rull y el expresidente de la ANC Jordi Sànchez.

En su escrito, el Ministerio Público sostiene que el riesgo de fuga no solo se mantiene una vez iniciado el juicio, sino que se incrementa al tener más sesiones de la vista oral en abril y mayo.

Y, además, la Fiscalía tiene en cuenta el "liderazgo e implicación" de los cinco encausados en el "procés", que hace que "el riesgo de reiteración delictiva no esté en modo alguno conjurado", sino que persiste.

El Supremo devuelve a la JE el debate electoral en la cárcel

El mismo día, el tribunal del "procés" ha considerado que no tiene competencia para decidir sobre la petición de Jordi Sànchez, candidato de JxCat al Congreso, de celebrar un debate electoral en la cárcel madrileña de Soto del Real, por lo que devuelve el asunto a la Junta Electoral Central.

En una providencia, el tribunal que juzga a la cúpula del "procés" establece que "no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral" ni "la fijación de un determinado régimen penitenciario".

De esta forma, el alto tribunal se desentiende de un asunto que considera no es de su competencia, después de que la Junta Electoral Central (JEC) se lo remitiese la semana pasada, y rechaza entrar en cualquier cuestión de fondo sobre la petición del expresidente de la ANC y número uno de JxCAT a las generales por Barcelona.

En su resolución, firmada este martes por el presidente del tribunal, Manuel Marchena, la Sala no especifica de quién sería la competencia para decidir al respecto, si de Prisiones o de la propia Junta Electoral, pero sí que acuerda remitir su providencia a esta última para que tome las decisiones pertinentes.

Por el momento, el asunto cuenta con la postura en contra de Instituciones Penitenciarias, que remitió a la Junta un informe desfavorable en el que consideraba que celebrar ese debate electoral "supondría una alteración de las normas regimentales del centro penitenciario".

Según Prisiones, este acto sería contrario a "elementales principios de seguridad", alteraría la "funcionalidad del centro" y también la "distribución funcional de los espacios comunes" obligando a un refuerzo del personal para "garantizar la seguridad de las personas que han de entrar en el centro".

Con este escenario y una vez el Supremo ha declinado entrar en el asunto, la pelota ahora está en el tejado de la Junta Electoral, que debe pronunciarse, bien permitiendo o no el debate o volviéndolo a remitir a otro órgano competente si así lo estima.

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